Dudas sobre la nueva reforma educativa.

El pasado 12 de diciembre el Presidente de la República envió al Congreso de la Unión la iniciativa para la modificación de diversos artículos ...
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El pasado 12 de diciembre el Presidente de la República envió al Congreso de la Unión la iniciativa para la modificación de diversos artículos constitucionales en materia educativa. Fue hasta cuatro meses después, en la madrugada entre el 24 y 25 de abril, que la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el que se modifican los artículos 3°, 31 y 73 constitucionales.  Si bien este hecho concreta cambios importantes en materia educativa, también da lugar a muchas incógnitas que seguramente serán despejadas con el surgimiento de las leyes secundarias correspondientes en los próximos meses.

Una de las modificaciones más importante que se hacen al artículo tercero constitucional se refiere a que el Estado deberá garantizar que los individuos puedan tener servicios educativos desde el nivel inicial hasta el superior. Aunque la educación básica continuará comprendiendo desde el nivel preescolar hasta el medio superior, el Estado estará obligado a garantizar que todos los mexicanos puedan tener servicios educativos también en el nivel inicial y en el superior. La factibilidad del mandato anterior puede estar en entredicho, sobre todo si se considera que se han agregado dos eslabones más al trayecto educativo, cuando aún hay carencias importantes en la cobertura y la tasa de escolarización en los extremos del trayecto obligatorio anterior. ¿Será posible y realista que se pretenda garantizar la educación inicial y superior cuando ni siquiera se ha logrado afianzar totalmente la oferta educativa en los niveles preescolar y medio superior? ¿Será ésta una aspiración a muy largo plazo o simplemente una letra muerta en el texto constitucional? Lo que es evidente es que esta meta supondrá un importante esfuerzo presupuestario.

Con las modificaciones en materia educativa que se realizaron a la Constitución surge, en sustitución del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), un nuevo organismo descentralizado que gozará también de autonomía en su operación y se encargará de la mejora continua de la educación y la revalorización del magisterio. El INEE fue criticado en el pasado por no haber ejercido a cabalidad su autonomía: desde no haber invalidado los procesos de evaluación hasta haber permitido que éstos se interrumpieran por orden de un Secretario de Educación. Lo anterior, para muchos, fue un reflejo de que sus integrantes, sobre todo los de mayor jerarquía, respondían a los intereses del poder ejecutivo en lo referente, especialmente, a la evaluación docente. No obstante, en el nuevo organismo se sigue advirtiendo que la conformación de su grupo de dirigentes seguirá politizada: serán los grupos parlamentarios los que definan a sus integrantes, corriéndose el riesgo, una vez más, de una orientación afín el grupo político dominante del momento. ¿Será posible ejercer entonces a plenitud la autonomía que el texto constitucional confiere a este nuevo organismo? ¿Deberán lealtad los integrantes del instituto a quienes los pusieron en el cargo?

En el dictamen analizado, si bien se menciona que las Escuelas Normales serán fortalecidas, se advierte una situación de riesgo: este tipo de instituciones seguirán adoleciendo de autonomía curricular ya que sus programas de estudio serán diseñados por el Gobierno Federal. Asimismo, en lo referente a los procesos de selección, sigue sin establecerse como requisito un perfil pedagógico de los aspirantes (faltaría revisar las leyes secundarias), lo cual va en detrimento de la relevancia y la matrícula normalista. ¿Es posible fortalecer la oferta educativa normalista desoyendo uno de sus reclamos más sentidos: la autonomía? ¿Por qué no sustituir, o complementar, en los procesos de ingreso que se mencionan, la “igualdad de condiciones” de los aspirantes por una “formación pedagógica mínima” para así dar mayor pertinencia a la labor de las Normales?

El artículo tercero transitorio del dictamen aprobado deja sin efectos las medidas que afectaron la permanencia en el servicio de los profesores que fueron evaluados. Esto, a todas luces, representa un acto de justicia ante el uso de una evaluación, considerada defectuosa por muchos expertos, como medio para determinar la continuidad laboral del magisterio. Sin embargo, meter reversa en el cese de profesores podría ser más complicado de lo que aparenta. ¿Qué pasará cuando tengan que reinstalar a un profesor cesado en el lugar de un maestro que ganó esa plaza en un concurso de oposición? ¿No se contrapondrá la propuesta de reinstalación con la del respeto a los derechos adquiridos? ¿No es un conflicto entre los artículos transitorios segundo y tercero? Evidentemente, la reinstalación de los despedidos por la evaluación docente deberá ser pensada con mucho cuidado, sobre todo en el ámbito administrativo.

Uno de los puntos más polémicos de la Reforma Educativa es el artículo 16 transitorio. En él, se establece que las condiciones laborales del magisterio serán regidas por el apartado B del artículo 123 constitucional, que otorga derechos de escalafón para los trabajadores.  La oposición ha percibido esto como una grieta que puede ser aprovechada por el sindicato para influir nuevamente, mediante comisiones mixtas, en el manejo de las plazas docentes. Si este fuera el caso, se estaría echando por la borda quizá uno de los pocos aspectos positivos de la Reforma Educativa de 2013 que fueron reconocidos por un sector importante de docentes (aminorar la influencia del sindicato en el manejo de las plazas educativas). Este artículo transitorio, así como el resto del dictamen, no da muchas luces sobre las particularidades de los procesos de ingreso y promoción. En efecto, será necesario esperar hasta la promulgación de las leyes secundarias para poder apreciar cómo es que se logra concretar, de manera más detallada, el enunciado contenido en el artículo transitorio señalado. Mientras esto sucede, surgen algunas preguntas: ¿Qué se entiende por procesos de ingreso en igualdad de condiciones: será nuevamente dar cabida a egresados de carreras con escasa o nula preparación pedagógica? ¿Cómo se logrará apartar el manejo de plazas de influencias políticas o sindicales?

En suma, las modificaciones constitucionales que se aprobaron el 25 de abril en la Cámara de Diputados, a la espera de lo que suceda en la Cámara de Senadores, representan tan solo el prólogo de la Reforma Educativa que ha impulsado el nuevo gobierno federal. La obra no está concluida. Se ha dado un primer paso que orienta a pensar en cambios favorables en el ámbito educativo, tal como la desvinculación de la evaluación docente a la permanencia en el servicio y la restitución de los profesores cesados, pero se perciben riesgos y dudas como los que tienen que ver con la autonomía del organismo sustituto del INEE, los procesos de evaluación docente o la implementación del escalafón. Muchas incógnitas prevalecen sobre detalles específicos que deberán ser abordados necesariamente en las disposiciones que se deriven de los artículos constitucionales. Así pues, las leyes secundarias deberán ayudarnos a encontrar con mayor claridad el sentido de esta nueva reforma y permitirnos decir, tal como un célebre comediante mexicano afirmaba, “¡Ahí está el detalle! Que no es lo uno ni lo otro, sino todo lo contrario”.

Twitter: @proferoger85. 

Blog: https://proferogelio.blogspot.com


REFERENCIA

CÁMARA DE DIPUTADOS. LXIV LEGISLATURA. Dictamen de las Comisiones Unidas de Educación de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa. Disponible en: http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/64/2019/abr/20190423-VII.html

Publicado por Rogelio Alonso 

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