El profesor David Isaacs, de la Universidad de Navarra, escribió un artículo en 2002 que lleva por título: “Centro educativo ¿Organización o Comunidad?”. En la introducción del texto afirma: “En la literatura actual (de la investigación educativa) se plantea con frecuencia la cuestión de si conviene considerar a los colegios como organizaciones o como comunidades, por ejemplo: Sergiovanni, T. (1994), Belenardo, S. (2001), Strike, K. (1999).” Para decirlo de manera más directa, el autor se pregunta: “Un colegio ¿Es una organización o es una comunidad?” (Ver: ESE No. 2, 2002).
La mención de este interesante artículo, publicado en una revista especializada del ámbito educativo hace 20 años, resulta significativo en un contexto mexicano donde la propuesta curricular oficial, hoy, para la educación básica (SEP, 2022), señala que el centro de las relaciones educativas debe darse a partir de la comunidad.
Según el plan de estudio mencionado para la educación básica en México, éste cuenta con una estructura de cuatro elementos de articulación que operan como fundamentos de principio a fin: 1) La integración curricular; 2) La autonomía profesional del magisterio; 3) La comunidad; y 4) El derecho humano a la educación.
Queda claro, en principio, que una cosa son los enunciados doctrinarios (en el planteamiento de la SEP hay evidencia de que se trata de privilegiar a la noción de comunidad en detrimento de la idea de individuo) y que otra cosa diferente son los criterios que se habrán de emplear para poner en operación los propósitos del plan educativo a partir de los preceptos constitucionales, legales y normativos.
Ésta es, en resumen, la reflexión y la respuesta que nos sugiere Isaacs en relación con la pregunta que da título a esta columna:
“Un centro educativo debe entenderse como un proyecto común de mejora integral de padres, profesores, alumnos y personal no docente. El proyecto común requiere acuerdo respecto a los valores sustanciales y en cuanto a los objetivos principales a perseguir; requiere además un reparto de tareas y responsabilidades con el fin de asegurar una relación entre lo que hacen las personas y los objetivos. Sin embargo, la calidad del proyecto dependerá principalmente de la suma de los estilos personales de todos los colaboradores siempre que conozcan, comprendan, interioricen y vivan los mismos valores esenciales, cada cual según su idiosincrasia y personalidad.”
David Isaacs
Para abundar en los argumentos acerca de que la escuela es un proyecto común o de comunidad, Isaacs cita a Sergiovanni (1994) quien opina que: 1) En las comunidades la relación entre las personas y los propósitos así como las relaciones entre las personas no están basadas en contratos sino en compromisos. 2) Las comunidades se definen en función de sus valores, sus sentimientos y sus creencias, que proporcionan las condiciones necesarias para crear un sentido de “nosotros” superando el conjunto de “yos”. 3) Las comunidades son conjuntos de personas que están unidas por una voluntad natural y que, como grupo, están unidas a una serie de ideas e ideales compartidos.
Por otra parte, encuentra que para Belenardo (2001) existen seis dimensiones del sentido de comunidad: 1) Valores compartidos (que entiende principalmente en los campos de la disciplina y de los objetivos académicos). 2) Compromiso (que mide por horas adicionales a los contratadas, prestadas, voluntaria y gratuitamente por los profesores; y la dedicación de los profesores y de los padres a actividades fuera del programa oficial). 3) Sentido de pertenencia (que se nota en que haya experiencias compartidas y todos participan en las tradiciones del colegio). 4) Preocupación mutua, los unos por los otros (que se nota en que los profesores prestan atención personalizada a los alumnos y en que hay programas especiales de acuerdo con sus necesidades). 5) Interdependencia (que se nota en la existencia de grupos de coordinación y en una dirección colegiada). 6) Contactos periódicos entre profesores y entre profesores y padres (que requiere la organización de actividades frecuentes para verse y tratarse). Además, dice: “Utilizo el término “comunidad” para referirme a un sentido psicológico compartido de coherencia en un colegio. Un sentido de comunidad es la presencia de creencias, sentimientos y relaciones que unen a los miembros de una comunidad escolar; proporciona un sentido de pertenencia a algo que transciende las interrelaciones situacionales en un colegio”.
Y, por su parte, Strike (1999) indica que: “1) Los miembros de una comunidad están unidos gracias a valores compartidos. 2) Una comunidad es una entidad con la que se relacionan las personas como socios o copropietarios, y con lealtad. 3) Las comunidades tienen un sentido de familia y nutren a sus miembros. Y 4) Es más probable que una comunidad sea informal que burocrática en su manera de operar”
Finalmente, Louis (1995) ha encontrado que… “en tales comunidades, los profesores persiguen un objetivo claro y compartido, dialogan sobre temas profesionales con sus compañeros y abren sus clases a sus colegas. El resultado del proceso es una mejora en el aprendizaje de los alumnos”.
Más que establecer una toma de posición a priori en torno a la pregunta planteada, de si la escuela es una organización (rígida o blanda) o una comunidad (debate teórico-metodológico), quizá convenga, antes, abrirnos al debate acerca de qué entendemos por educación pública en el contexto nacional, estatal y local, y responder así mismo a la pregunta sobre cuáles son las condiciones necesarias y consensuadas socialmente para crear organizaciones o comunidades educativas que sean congruentes con los principios, fundamentos y valores (pedagógicos, cívicos, éticos) que hacen posible y objetivable el derecho a la educación.
El asunto va más allá de lo doctrinario (sin caer en el terreno de la falsa neutralidad ideológica); el asunto es más bien un compromiso de búsqueda de consensos acerca de qué tipo de escuela pública necesitamos y queremos.
Twitter: @jcma23 | Correo: jcmqro3@yahoo.com