Algunas de las cuestiones que se han discutido durante las últimas semanas, sobre la propuesta curricular que lanzó la SEP en enero pasado, (Marco curricular, 2022, documento preliminar), son las referidas a las nociones de comunidad-territorio y de cultura-lenguaje, ambas referidas como procesos centrales de la propuesta.
A ellas habría que agregar la discusión sobre las nociones o conceptos de individuo, persona o sujeto. Esto a raíz de las diversas lecturas que se han generado en la conversación pública en torno a la reorientación curricular.
Esto señala el documento oficial:
“Este plan de estudios coloca a la comunidad como el espacio social, cultural, político, productivo y simbólico, en el que se inscribe la escuela, como el principal elemento articulador de las relaciones pedagógicas, así como de los procesos de enseñanza y aprendizaje”
SEP. MARCO CURRICULAR
Pero, ¿cuál es el enfoque de comunidad que fundamenta esta idea?
Como punto de análisis, en primer lugar, es conveniente revisar el vínculo comunidad-escuela, sobre el cual surgen algunas preguntas: ¿Cuál es el lugar y el rol que juega el sujeto que aprende, por definición, en contextos sociales o en comunidades escolares? O más allá de ello (porque el acto educativo no se agota en los procesos de aprendizaje): ¿Cuál es el papel que juega el sujeto y cómo se le representa (y se representan a sí mismos el docente y el educando) al ejercer el derecho pleno a la educación como un patrimonio social-cultural y como fundamento de otros derechos humanos?
Cualquier diccionario indica, en general, que la comunidad es un conjunto de individuos que tienen en común diversos elementos, como el territorio que habitan, las tareas, los valores, los roles, el idioma o la religión. También suele ocurrir que las personas se agrupen entre sí de manera voluntaria o espontánea por tener reglas y un objetivo en común.
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Sin embargo y al margen de las definiciones simples, la SEP (2022) propone una noción específica sobre la comunidad (educativa):
“Lo propio de una comunidad no es la relación dinámica de protección y pertenencia, sino la obligación hacia el otro. Hacer comunidad es una acción de exposición y contacto respecto a otros. La comunidad es una construcción que se entreteje a partir del cuidado mutuo que se procuran los sujetos, así como la responsabilidad que asumen hacia la igualdad de derechos de los demás y la igualdad de posibilidades para ejercer esos derechos… La comunidad vuelve a los sujetos, individuales y colectivos, hacia su exterioridad, y esto significa para la escuela mantener con la comunidad territorio una relación permanente de reciprocidad e intercambio.”
SEP. MARCO CURRICULAR
En ese marco, la idea principal que subyace a la propuesta curricular (2022) en cuestión, es que existe una dicotomía entre las acciones reflexivas individuales versus las acciones reflexivas colectivas o comunitarias, esto dicho en el contexto social específico de la escuela (entendida como comunidad educativa). Pero, aquí surge otra cuestión: ¿Cómo está fundamentada esta dicotomía entre lo individual y lo comunitario?
Así lo plantean las/los diseñadores curriculares cuando se refieren a la labor docente:
“Su misión es conducir procesos formativos y dialogar con las y los estudiantes en un sentido crítico, de respeto mutuo, incluyente y equitativo, para que aprendan saberes, conocimientos, técnicas, operaciones, artes, prácticas, proyectos, habilidades y valores que sean significativos para su vida individual y colectiva.”
SEP. MARCO CURRICULAR
Para argumentar en contra de la dicotomía individual-comunidad retomo, como eje de análisis, un concepto de la sociología de la vida cotidiana, de Agnes Heller, quien emplea el término ser social.
“…El ser social se presenta en y para la vida en sociedad como un ser particular y generalmente humano, así como también singular, como síntesis de múltiples determinaciones (particular y genérica), real y dinámica, siendo una máquina creadora, representante del desarrollo y de la esencia de la historia, por lo tanto, un ser que construye su propia historia, pero en condiciones previamente dadas”.
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“Heller, desde 1974, considera al individuo, como el ser humano singular que tiene una actitud consciente (y autoconsciente), con respecto a su condición de generalidad, y es capaz de dirigir su vida según sus actitudes sensibles e intelectuales: es el ser social consciente de-sí-mismo.”
Para la filósofa húngara la dicotomía individuo-colectividad o comunidad no es relevante porque “…el sujeto se presenta como síntesis de múltiples determinaciones históricas y sociales, reales y dinámicas en y para la vida cotidiana.” Dicho en otras palabras, en el sujeto particular encontramos, fusionado o sintetizado, al ser social.
Por otra parte, en el proceso de constitución del ser social, propuesto por Heller, aparecen las ideas de actitud consciente y autoconsciente. Al respecto, Néstor A. Braunstein (en Teoría del sujeto) señala lo siguiente:
“El hecho es que los fenómenos conscientes no pueden tener existencia empírica sino bajo la forma de asociaciones entre representaciones de palabra. Su existencia es una existencia de lenguaje y no puede abordársele sino a partir de su objetivación como discurso. Y el discurso es siempre discurso de un sujeto, lo que nos remite ineluctablemente del ‘sujeto de la conciencia’, del sujeto de esa abstracción nocional, efecto del ser social, a la cuestión del sujeto del discurso como corpus concreto, a partir del cual podremos abordar al sujeto que ya no será el sujeto de la conciencia ni tampoco el sujeto del discurso, sino el sujeto a secas, en toda su complejidad, que hace de sus fenómenos conscientes y de lo que dice en su discurso aspectos meramente parciales, porciones flotantes del iceberg de una estructura compleja, donde lo inconsciente y lo no dicho de su discurso aparecen como condicionantes y delimitadores de lo consciente y de lo sí dicho.”
NÉSTOR A. BRAUNSTEIN
También, el concepto clásico sobre qué es una “comunidad” fue desarrollado por el sociólogo e historiador Max Weber (La Metodología de las Ciencias Sociales), quien la define como: “…una relación social cuando y en la medida en que se inspira en el sentimiento subjetivo (afectivo o tradicional) de los participantes de constituir un todo”.
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Weber sostiene que los lazos de la comunidad se basan fundamentalmente en la racionalidad que cada uno de sus participantes tiene y ejerce por sí mismo, y sobre la cual colabora para unificarse y actuar de forma asociada para alcanzar una meta en común. Tal definición weberiana se encuentra en oposición total al concepto de “lucha”. Así, Weber considera que en una comunidad prevalece la colaboración por sobre la lucha, los intereses particulares y la competencia. La realidad social hoy en día, a diferencia de lo sugerido por Weber, parece indicar lo contrario.
La SEP establece, sin embargo, que las comunidades habrán de articular, más allá de lo individual y lo social, los valores socioculturales de lo común y lo diverso:
“La base jurídica de la educación establece que los planes y programas de estudio tienen un sentido de lo nacional que se construye desde la diversidad, por lo tanto, el plan de estudios, los programas educativos, los libros de texto y otros materiales de la educación básica estructuran sus contenidos, teniendo como finalidad el interés de las comunidades que componen la sociedad, a partir de la articulación de lo común con lo diverso.”
SEP.
Sin duda, la discusión conceptual sobre lo que se entiende por comunidad y por escuela (como comunidad educativa), así como por individuo, persona y sujeto, serán de importancia central en el proceso de construcción social de la alternativa curricular de estos años en México.
Por lo anterior, una primera tarea que queda pendiente es esa: definir claramente los conceptos y sus fundamentos.
Una tarea adicional, no de menor importancia, consiste en hacer congruente el discurso y la retórica oficiales, aparentemente críticas, con los elementos y valores que estructuran y dan significado al sistema educativo mexicano hoy en día, específicamente en la vida cotidiana de las escuelas: Individualismo, mérito y competencia entre las/los miembros del centro de trabajo (valores contrarios al sentido comunitario que se argumenta en el Marco curricular, 2022).
En esta última parte, hablo de competencia genérica en un sentido de “competitividad”; término que es diferente a la noción de “competencia en educación” o a la idea de “ser competente” (como conjunto de capacidades que puede desarrollar el sujeto y que pueden ser medidas en términos de logro o desempeño), y que ha sido el fundamento y elemento central del modelo “competencial” en el ámbito del diseño curricular.
Juan Carlos Miranda Arroyo en Twitter: @jcma23
Correo electrónico: jcmqro3@yahoo.com
Publicado en SDPnoticias