La estocada a la élite sindical del SNTE, se abre proceso de relevo generacional

EL 13 de enero el SNTE depositó en el Tribunal de Federal de Conciliación y Arbitraje el Reglamento para la Elección de las Directivas Seccionales, la ...
Image

EL 13 de enero el SNTE depositó en el Tribunal de Federal de Conciliación y Arbitraje el Reglamento para la Elección de las Directivas Seccionales, la idea del Secretario General Alfonso Cepeda era darle la vuelta a las reformas del 1ro de mayo a la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y así sacó las convocatorias a las elecciones en Tlaxcala, Nuevo León y Sinaloa.

En particular la idea del SNTE era que los maestros eligiéramos entre una camarilla que ha estado al frente del sindicato los últimos 30 años para mantener el poder, buscando topar toda idea de renovación generacional. Es decir, los 2 millones de agremiados tendríamos que elegir nuestro representante de una elite sindical que no pasa más allá de los 4 dígitos.

El SNTE quería que el nuevo proceso se ajustara a un arcaico estatuto que estipulaba que para aspirar ser Secretario Seccional “tendrías que anteriormente haber ocupado una cartera del comité seccional” y así lo plasmaron en nuevo reglamento de elecciones.

La Secretaria del Trabajo acaba de emitir un documento llamado “Propuesta sobre Elecciones Directivas Seccionales del SNTE” y entre otras recomendaciones mandata al sindicato de maestros cambiar los estatutos y el reglamento. Un duro golpe para la mafia que controla el sindicato en las secciones federales y estatales.

Esta acción va acompañada del amparo aceptado a la delegación D-I-35 de La Paz Baja California por el Juzgado Tercero de Distrito, lo que obligó a suspender todo acto derivado de los acuerdos del 49 Consejo Nacional Extraordinario del SNTE del 31 de octubre de 2019 en el que se aprobó el reglamento de elección de dirigentes sindicales. Los amparos tienen la función de proteger derechos, al admitir el amparo el juez acepta que hay indicios que se violentó un derecho, el 23 septiembre es la próxima audiencia.

La secretaria del trabajo ya sabe que resolverá el juez y se ha adelantado con la publicación del documento.

En 19 de febrero de escribí en una articulo para la página de Somos más que 53 titulado: El Reglamento de Elecciones va caer” donde en base en un análisis de la ley afirmé que no había “duda que el reglamento va ser rechazado […] hay fundamento legal para que eso ocurra (cutt.ly/bfHrCcL).

El análisis era simple, si bien es cierto que los grandes cambios del 1ro de mayo de 2019 se dieron en la Ley Federal del Trabajo y no la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (esta última rige al magisterio), lo que no se especifique en nuestra Ley se utilizará lo que estipula la Ley Federal.  El artículo 11 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado dice:

 “En lo no previsto por esta ley o disposiciones especiales, se aplicarán supletoriamente, y en su orden, la Ley Federal del Trabajo (…)”.

Pero entonces, qué dice la Ley Federal del Trabajo frente al candado antidemocrático del SNTE sobre relacionado a la imposición de los requisitos de elegibilidad para ser Secretario Seccional:

El artículo 358 fracción II dice que son garantías de los agremiados a un sindicato dice que:

“II.  Los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los miembros, así como ajustarse a reglas democráticas y de igualdad de género […] y tampoco podrá ser lesivo al derecho de votar y ser votado”.

Mientras que el artículo 378 de las prohibiciones de los sindicatos dice que queda prohibido para dichas organizaciones:

“VII. Obstaculizar la participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus directivas sindicales, poniendo condiciones sin fundamento legal o cualquier tipo de obstáculo indebido para ejercer el derecho de votar y ser votado”.

Finalmente, la Ley Federal del Trabajo también dice en el artículo 897 que el Tribunal de Federal de Conciliación y Arbitraje está facultado para sancionar a los sindicatos “que limiten el derecho a votar y ser votado”.

Este hecho abre una ventana de posibilidades hacia la conformación de las planillas sindicales, implica en primera instancia sacar a los que han estado los últimos 30 años, una limpia total, y en segunda la construcción de un relevo generacional de líderes sindicales éticos, honestos, no materialistas, con ideas nuevas y claras.

Aquí un video de una explicación que hice sobre el tema en el mes de marzo https://youtu.be/vxh0ayohCTE


Twitter: https://twitter.com/DiegoAnguloMX

Correo: diegoangulo@gmail.com

Facebook:  https://www.facebook.com/DiegoAnguloMX

Youtube: https://www.youtube.com/channel/UCTVmlBZKSwOCdRFzfNP1VKw

TEMÁTICAS: