Apenas instalada la LXIV legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el coordinador de la fracción mayoritaria aseveró enérgicamente que de la Reforma Educativa de 2013 no quedaría “ni una coma”, sugiriendo un proceso de cambio radical con respecto a las adecuaciones legales en materia educativa que se hicieron el sexenio pasado. Seis meses después de esta declaración, ha surgido el Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa. El contenido del documento pone en entredicho la enjundiosa declaración que hizo aquel diputado, pues si bien contiene algunas propuestas que marcan una transformación con respecto a la política educativa actual, existen otras de las que se infiere una continuidad con respecto a errores que para muchos deberían ser corregidos.
Quizá el punto medular que representa un distanciamiento con la Reforma Educativa de 2013 se refiere a la desvinculación de la evaluación docente con la permanencia en el servicio. Tal medida no sólo responde a una reorientación de los procesos evaluativos que, se pretenden, cumplan una función diagnóstica y de retroalimentación para la mejora del desempeño profesional de los maestros y del sistema en general. Esta determinación representa además dar la razón a todo el movimiento opositor generado por el uso de la evaluación como medio para condicionar la labor de los profesores, movimiento que incluso llevó al uso de la fuerza pública para contener la agitación. La medida incluso va más allá: vislumbra la reinstalación de los maestros cesados producto de los procesos de evaluación docente derivados de la Reforma Educativa de 2013. Así pues, de manera tajante se establece que no habrá más evaluación por la permanencia en el servicio, lo cual, para muchos, significa un acierto.
Otro de los elementos que supone un rompimiento con las políticas educativas del sexenio pasado es la derogación del inciso D del Artículo Tercero Constitucional, el cual, sobre las características de la educación que se brinda, señala: “será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los estudiantes”. Así pues, se elimina un concepto clave de la política educativa de los últimos años, como lo es la calidad. No obstante, se abre paso a otro rasgo que pareciera tener mucho parecido con el que se piensa desechar: la excelencia. En la definición de esta característica se observa una similitud con respecto a su predecesora: “entendida como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos”. Parece pues que el cambio mencionado responde meramente a un cambio de etiqueta y no a una reorientación de fondo del sistema educativo. Extraña aquí el no orientar la educación hacia el bienestar, tal como el titular del poder ejecutivo había planteado en su propuesta original.
Es grato observar que en el proyecto de decreto se dé énfasis especial a uno los talones de Aquiles de nuestro sistema educativo: la equidad. En particular, se hace alusión al fortalecimiento que se da en las zonas de alta marginación, poniendo énfasis en las cuestiones alimentarias de los alumnos. Asimismo, se hace referencia a la educación de los adultos y a quizá el grupo poblacional más castigado por nuestro sistema educativo: los indígenas. Ojalá estos ideales y líneas generales de acción que se plasman en la Constitución puedan cristalizarse en la realidad, en la que se da el peor servicio a quienes más lo requieren.
En relación a las Escuelas Normales, existe una contradicción en el proyecto que se presenta: se establece que se les dará atención prioritaria para su fortalecimiento, pero, por otra parte, se sigue contemplando la negación de cualquier tipo de autonomía para estas instituciones, situación que algunos expertos educativos han denunciado como un obstáculo para su crecimiento. En el ámbito curricular, la autonomía es negada explícitamente para las Escuelas Normales: la autoridad federal seguirá dictando los planes y programas para las diferentes opciones de formación normalista. Además de lo anterior, no es posible detectar en el proyecto de decreto algún otro contenido relevante que haga alusión a las líneas generales que se seguirán en cuanto al fortalecimiento de las Escuelas Normales.
Asimismo, es de resaltarse que, cuando se habla del ingreso al servicio profesional docente, siga sin establecerse para los aspirantes el requisito de contar con una formación académica especializada en la labor, situación que se sustenta en el artículo 24 de la todavía vigente Ley General del Servicio Profesional Docente y que ha derivado, junto con otros factores, en menoscabar la relevancia de las escuelas formadoras de profesores y propiciar un desplome sin precedentes en la matrícula de las instituciones normalistas. A reserva de lo que digan las leyes secundarias, el hecho de que se mencione, como en la reforma pasada, que los aspirantes acudirán a los concursos “en igualdad de condiciones”, la frase da a entender que nuevamente quienes tienen una especialización en educación competirán al parejo que quienes no la poseen, poniendo en práctica así una igualdad mal concebida. En suma, con respecto a las intenciones de fortalecer a las escuelas normales, surge una pregunta: ¿qué mejor manera de fortalecerlas que dándoles autonomía y dándole el justo lugar a los egresados de sus aulas?
El proyecto de decreto también marca el posible fin del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE). En su lugar, surgiría el Centro Nacional para la Mejora Continua de la Educación. A primera vista, se observa que las facultades del nuevo instituto serán similares a las del anterior. Además, se advierte la posible repetición de un vicio de los procesos de selección de los dirigentes del instituto: la injerencia de uno de los poderes de la Unión (en este caso, el legislativo), en la designación de los miembros de la Junta Directiva, lo cual podría acarrear, como en el pasado, una conformación acorde a los intereses del poder político dominante. Esperando nuevamente lo que resulte de las leyes secundarias, en los cambios constitucionales no es posible observar un cambio tan radical con respecto a lo que predomina en la actualidad. Pareciera pues, que el INEE no muere, sino que cambia de nombre y, posiblemente, de funcionarios.
En suma, en espera del surgimiento de leyes secundarias o reglamentos que definan con mayor exactitud los cambios que se proponen, parece que la propuesta de modificación constitucional en materia educativa se ha quedado corta en función de las expectativas que los mismos actores políticos habían fomentado. Aunque quedan pendientes aún temas trascendentales, tales como las metodologías de evaluación docente que se emplearán, lo que está por plasmarse en la Constitución no es precisamente un indicio de una transformación de gran calado.
Con todo lo anterior, parece no ser casual que uno de los diputados del grupo político dominante del régimen anterior haya afirmado estar de acuerdo con la propuesta de cambio porque “coincide con el 80%” de lo establecido actualmente. No es fortuito tampoco que asociaciones como Mexicanos Primero hayan expresado su beneplácito por la publicación del proyecto de decreto. Parece no ser casualidad siquiera que el principal grupo magisterial opositor a la Reforma de 2013 se haya declarado “en alerta máxima” ante la propuesta de Reforma de 2019. No parece ser tampoco producto del azar el hecho de que un personaje con el pasado de Esteban Moctezuma ostente hoy el más alto cargo en el terreno educativo. Con esta propuesta, para muchos descafeinada, precedida por un discurso agresivo que indicaba hacia un cambio radical ¿se cumplirá el famoso dicho: “perro que ladra, no muerde”? Al tiempo.
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REFERENCIAS
CÁMARA DE DIPUTADOS. LXIV LEGISLATURA. Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa. México: autor, 2019.