USICAMM: ¿Cuáles son los elementos multifactoriales de promoción horizontal 2022?

Estos son los elementos multifactoriales del proceso de promoción horizontal 2022 de la USICAMM.
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Según el acuerdo que contiene las reglas del Programa de promoción horizontal por niveles con incentivos en educación básica 2022 los elementos multifactoriales que se tomarán en cuenta, como parte del proceso de dicho programa, serán los siguientes:

I. Formación profesional.  Este elemento se refiere a los grados de licenciatura, especialidad, maestría o doctorado que el participante obtuvo en instituciones de educación superior con reconocimiento de validez oficial de estudios.

II. Antigüedad. Se refiere a los años de servicio acumulados en el desempeño de funciones de docencia, de técnico docente, de asesoría técnica pedagógica, de dirección y de supervisión en el servicio público educativo.

III. Desarrollo profesional. Se refiere a los procesos de formación, capacitación y actualización vinculados al nivel, servicio o materia educativa en el que participa, los cuales serán determinados por la Unidad del Sistema en los términos de este Acuerdo.

IV. Apreciación de conocimientos y aptitudes. Es un sistema que, a través de instrumentos objetivos, permite identificar lo que saben y son capaces de hacer los participantes para favorecer el desarrollo integral y aprendizaje de los educandos al ejercer sus funciones.

El documento precisa también las ponderaciones de los elementos multifactoriales, los cuales se detallan a continuación:

I. Formación profesional. Tiene una ponderación máxima de 15 sobre un esquema de 100 puntos. Para su acreditación se tomarán como válidos el título o cédula profesional. En ellos se deberá establecer el nombre del participante, de la institución educativa y de la carrera cursada, así como los logotipos, sellos y firmas originales o, en su caso, firmas electrónicas o códigos QR.

II. Antigüedad.  Tiene una ponderación máxima de 35 sobre un esquema de 100 puntos. Para su acreditación se tomarán como válidas las constancias de años de servicio emitidas por la autoridad competente.

III. Desarrollo profesional. Con una ponderación máxima de 20 sobre un esquema de 100 puntos. Para su acreditación se tomarán como válidas las constancias que presente el participante, las cuales deberán cumplir con lo siguiente:

a) Nombre del participante y de los cursos de capacitación y actualización determinados por la Unidad del Sistema en los términos de este Acuerdo, número de horas, nombre de la instancia que impartió, logotipos, sellos y firmas originales o en su caso, firmas electrónicas o códigos QR.

b) Contar con un mínimo de 20 horas acreditadas por constancia.

IV. Apreciación de conocimientos y aptitudes. Su ponderación máxima es de 30 sobre un esquema de 100 puntos.

Para su acreditación se realizará una aplicación en línea, a través de la plataforma que para tal efecto disponga la Unidad del Sistema, conforme a los términos, especificaciones, día y horario que se indique. Para garantizar la equidad en el proceso, las autoridades educativas de las entidades federativas, conforme a su capacidad operativa, podrán disponer de medidas para que los participantes puedan realizar la aplicación de este instrumento.

Por último, el acuerdo señala que con el propósito de contribuir a una mayor equidad en el otorgamiento de los beneficios de la promoción horizontal, se asignarán 5 puntos a las maestras y a los maestros que no cuenten con algún tipo de incentivo, derivado de los programas de Carrera Magisterial, de Promoción en la Función por Incentivos en Educación Básica o de promoción horizontal por niveles con incentivos, o bien, el KW de Asesoría Técnica Pedagógica, en cualquiera de las plazas que ocupe.