Reajustes de trabajadores de la educación

Los pilares de los derechos de los trabajadores de la educación en el sindicalismo educativo en México descansan sobre la basificación y la ...
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Los pilares de los derechos de los trabajadores de la educación en el sindicalismo educativo en México descansan sobre la basificación y la inamovilidad de sus centros de trabajo; la primera versa sobre el derecho para lograr su base, donde su salario es garantizado en el presupuesto de egresos federal o local, hasta su jubilación o en su defecto al renunciar o abandonar el mismo, mientras que la segunda garantiza que no puede ser cambiado de centro de trabajo unilateralmente, sino es por su voluntad o por hechos plenamente justificados, dándole previas garantías. Sin embargo en últimas fechas se  ha puesto de manifiesto un proceso denominado de reajuste, para reubicar personal de centro de trabajo, sin respetar los derechos de los trabajadores de forma plena y donde existe omisión en su defensa, debido a que no tienen derecho de audiencia los trabajadores, solo se les están dando indicaciones de lo que ha dispuesto la autoridad con el aval de sus representantes, plasmado en una minuta que ha generado mucha zozobra, dejando en incertidumbre a centenas de maestros. La autoridad educativa inicio este proceso argumentando que debido a la baja de matrícula escolar en diferentes centros escolares se hace necesario cubrir grupos en otras escuelas debido a que la federación prohibió las contrataciones por honorarios, conocidos como interinos, bajo este razonamiento se hizo fácil reajustar a los maestros de base con menos antigüedad en cada zona escolar, para ponerlos a disposición de la autoridad escolar de zona, sector o nivel central para suplir en donde exista un grupo que tenía un maestro en esas condiciones.

Sin embargo, la afectación y los derechos de los maestros de base son vulnerados en todo momento, comenzando por la violación al reglamento de las condiciones generales de trabajo vigente desde 1946, que dice en su artículo 55 que los cambios de los trabajadores solo se realizaran por tres causas, la primera por necesidades del servicio siempre que el trabajador no manifieste su inconformidad dentro de los primeros 5 días para demostrar la improcedencia de la medida, que en este caso es no haber solicitado cambio el mismo  trabajador y no es producto de una sanción, la segunda es por permuta de empleos solicitada en la convocatoria de cambios y la tercera por enfermedad que pueda contagiar a la comunidad o por correr peligro su vida, debidamente comprobado. Aunado a ello, el artículo 90 de la ley general para la carrera de los maestros y las maestras establece que los cambios dentro de una entidad federativa o de estado solo se realizaran al termino del ciclo escolar, salvo por necesidades del servicio, enfermedad o peligro de vida, lo cual refrenda los principios de basificación e inamovilidad.

Pero, qué hay de fondo en lo que está sucediendo en la Secretaria de Educación del estado de Tabasco, donde el reajuste no aparece sustentado en ninguna de las normas existentes dentro de la carpeta jurídica, y es donde vamos a enfocarnos finalmente. Durante muchos años la figura del trabajador interino o por honorarios sirvió para subsanar inconsistencias surgidas dentro del sistema educativo como fueron enfermedades que no estaban en el catálogo de salud, accidentes, problemas graves como secuestros y conforme fueron avanzando los tiempos, también surgieron muchos vivales que bajo esa figura contrataron a choferes y hasta guardaespaldas, pervirtiendo su utilidad. Al inicio de la administración 2018-2024, cuando asumió la titularidad de la SETAB el Lic. Guillermo Narváez Osorio denuncio que había cerca de 800 a 900 trabajadores de ese tipo y había 12 personas que acompañaban al anterior titular Ángel Solís Carballo apodado el cepillo. Entonces lo que podemos deducir, es que los reajustes son producto de una reorganización ordenada centralmente por la administración del presidente de la república Andrés Manuel López Obrador para acabar con la opacidad de seguir contratando a voluntad en los estados, lo cual es muy positivo, pero que culpa tienen los trabajadores de esta situación se preguntan los afectados, ninguna, no existe ninguna responsabilidad para ellos, pero se pretende que sean los que cubran estos errores, de una manera injusta. Porque no solo se limita el derecho de los maestros de base, esta medida golpea en reducción de grupos,  trabajadores docentes y directivos interinos que cubren verdaderas necesidades en comunidades de alta marginación, personal de apoyo que no se ha basificado con años de forma interina, campaña que el SNTE a nivel nacional impulsa y ronda cerca de 200 mil en diversas entidades del país, a la cual Tabasco debe adherirse indiscutiblemente.

Qué sucede con los trabajadores afectados por estas medidas, la primera fue acudir a sus representaciones locales, sin embargo al firmar una minuta que valida el reajuste y da por hecho su consumación y no establecer una ruta de diagnóstico ni audiencia donde los trabajadores puedan exponer sus inconformidades para revisar a nivel estatal la problemática, queda la opción de solicitar la intervención nacional de su organización o acudir a los tribunales a defender su derecho, o como lo están realizando ya muchas delegaciones conformando su defensa en cada centro sindical, debido a que no están dispuestos a pagar justos por pecadores de otros sexenios.

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