El pasado 15 de mayo del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3°, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa para establecer, entre otros aspectos, el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros y, determinar que la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directa o supervisión, se realizará a través de un proceso de selección.
Como es bien sabido por el magisterio nacional, el único proceso realizado hasta el momento es el de Admisión. Por ello, en la presente opinión se realizarán algunas observaciones del mismo.
Primeramente es importante identificar las diferencias conceptuales entre este proceso de Admisión y el que se efectuaba con anterioridad, denominado: Ingreso al Servicio Profesional Docente (aunque ambos poseen el mismo objetivo); una de las modificaciones es que en la antigua Ley, se clasificaba a los docentes en idóneos y en no idóneos; actualmente, se asignan 2 grupos: El “A” y el “B”; el primero de ellos integra a los y las sustentantes que obtuvieron un 60% o más en su proceso de evaluación (Al menos en los resultados reflejados en el nivel primaria), mismos que podrán obtener una base. El grupo “B” se constituye por profesores (as) cuyo puntaje fue menor al 60% y a diferencia de procesos anteriores, podrán ser beneficiados con interinatos (Bases no).
De igual manera, ya no existe el concepto <<Lista de prelación>> ahora es nombrado como <<Listado de ordenamiento de resultados>>, quizás para muchos no sean relevantes estas diferencias pero, la que a todos nos incumbe, es el proceso de selección. Anteriormente, cuando la administración pasada implementó la Reforma Educativa, se tomó en cuenta solamente un examen para seleccionar a los docentes y conocer quiénes eran <<los más aptos>> para realizar la función magistral pero ahora, y como se mencionó en numerosos discursos, el Gobierno Federal decidió tomar en cuenta diversos elementos multifactoriales y a cada uno se asignó un porcentaje cuya suma total es de 100 puntos, tal y como se puede mostrar a continuación:
1.- El curso Integral de Consolidación de Habilidades Docentes, tiene un valor del 20%;
2.- La acreditación del Curso Integral de Consolidación de las Habilidades Docentes, 20%;
3.- El ensayo sobre la mejora continua a la educación o propuesta de planeación didáctica, 10%;
4.- El promedio general obtenido en de la carrera cursada, 20%;
5.- Los cursos extracurriculares con reconocimiento de validez oficial, 10%;
6.- Los programas de movilidad académica, 10%.
7.- Experiencia docente, 10%.
Sin embargo, la información anterior, lejos de aclarar dudas, ocasionó que surgieran más, ¿Cómo decidieron qué puntaje asignarle a los profesores en cada uno de los elementos?, ¿Por qué no presentaron los instrumentos de evaluación de cada uno de los siete puntos y así esclarecer toda incertidumbre?, ¿Por qué no publicaron las rúbricas a utilizar como lo hicieron con el cuarto grupo de Evaluación al Desempeño Docente?, ¿Capacitaron a los encargados en realizar la evaluación?, ¿Por qué no se solicitó el apoyo de los evaluadores certificados?, ¿Dónde quedó la retroalimentación?, ¿Cómo se conocerán las áreas de oportunidad y las fortalezas del magisterio?, ¿Es necesario cursar un Programa de Movilidad para demostrar ser 100% capaz?, ¿Qué tan coherente es solicitar experiencia docente a los recién egresados? ¿Todos los y las sustentantes tuvieron igualdad de oportunidades para realizar una movilidad académica? Y aunque no es novedad, ¿Por qué no respetaron los tiempos acordados?
De seguir así, este proceso será ineficiente porque no es del todo transparente y al tener tantos requerimientos, se necesitarán de diversos recursos para llevarla a cabo con calidad.
Al parecer, este intento de realizar una evaluación formativa, quedó solo en eso, en intento.
Deseamos que con prontitud se tomen decisiones acertadas, que realmente se escuche la voz del magisterio y que en las Leyes Secundarias se plasmen los elementos necesarios para alcanzar la tan ansiada excelencia educativa.