La ley USICAMM

Es de sobra conocida la serie de arbitrariedades y abusos de autoridad por parte de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los ...
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Vaya forma de celebrar el Día del Trabajo en México. Quién lo diría. Todavía se encuentran en discusión los derechos del magisterio en nuestro país, en estos tiempos. La Cámara de Diputados recién aprobó modificar la ley respectiva a fin de reconocer la participación de las organizaciones sindicales en el Sistema para la Carrera de la Maestras y los Maestros. Aludí a tan delicado tema en una colaboración en la cual planteé, entre otras cuestiones, la distinción entre los derechos laborales y los derechos profesionales del magisterio. En otro artículo de opinión, “Por un sindicalismo al servicio del magisterio”, advertí lo que se escondía detrás de la rectoría por parte del Estado. Delegarle a la autoridad educativa atribuciones exclusivas en procesos tan relevantes como el Sistema Abierto y Transparente de Asignación de Plazas, la estructura ocupacional, los cambios de adscripción, la compatibilidad, el otorgamiento de licencias, la compactación y descompactación de plazas así como la asignación de plazas vacantes, el Servicio e Asesoría y Acompañamiento a las Escuelas, entre otros.

Textualmente hice notar:

“Este escenario emergente arrojó un nuevo orden jurídico bajo la rectoría de la autoridad educativa quedando al margen la organización sindical porque así fue diseñado de origen el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros”.

La autoridad educativa se fue por la libre sin admitir contrapeso alguno cayendo en el abuso, rayando en el autoritarismo. Por ejemplo, la ley le otorga al magisterio el derecho a participar en la promoción vertical, horizontal o a horas adicionales mientras que un documento normativo de menor jerarquía, el acuerdo, lo limita a una sola participación en un mismo periodo. El docente tiene que elegir entre ellas y postergar a la que renuncia para otra ocasión. Ahora, el Congreso da marcha atrás y acepta abiertamente que fue un exceso haber dejado al margen de ello al sindicato.

El pasado 27 de abril se admitió el dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo vigésimo quinto transitorio al decreto por el que se expide la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019, en materia de libertad sindical.

Al Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, a nombre de la Comisión de Educación, le correspondió exponerlo y lo hizo de la siguiente manera:

“Durante años, las y los maestros han luchado por instrumentar sus derechos. Ya establecimos la libertad sindical para sus organizaciones. En esta ocasión nos toca garantizar su instrumentación en el marco jurídico educativo. Esta adición se hizo para garantizar derechos para todas las formas de organizarse y de asociarse. Esta reforma impactará directamente en el tema de la USICAMM una demanda muy sentida legítima y necesaria.”

Por ello, desde mi particular punto de vista, bien pudiera nombrársele a tal iniciativa, la Ley USICAMM

Los partidos, a través de sus representantes, fijaron su postura en lo general.

La Diputada María Leticia Chávez Pérez, del Movimiento Ciudadano, señaló: Es innegable el derecho a formar sindicatos para garantizar buenas condiciones laborales a los trabajadores. El dictamen que hoy se somete a discusión ayuda a consolidar los derechos laborales y sindicales del magisterio. Velamos por el ejercicio pleno de los derechos humanos.

El Diputado Francisco Amadeo Espinosa Ramos, del Partido del Trabajo, mencionó: Estamos a favor de permitir que el sindicato participe en todas las promociones y en los derechos laborales de los trabajadores, los cambios, los ascensos, las contrataciones. Nunca ha sido bueno que una sola de las partes decida lo que debe hacerse. Y la participación del sindicato en esto es la razón de ser del propio sindicato.

La Diputada Maria del Carmen Pinete Vargas, del Partido Verde Ecologista, dijo. Hagamos un ejercicio responsable de actualización a la ley para confirmar su pertinencia. Este dictamen busca garantizar el derecho a la libre sindicalización de las maestras y los maestros.

La Diputada Victoria Eugenia Méndez Márquez, del Partido Revolucionario Institucional, destacó: El dictamen tiene como objetivo acabar con malas prácticas y dar pasos hacia la democracia sindical entendida como la lucha de las clases trabajadoras por lograr el mejoramiento de las condiciones económicas sociales y culturales. Con esta adición, se busca garantizar el libre derecho a la libertad sindical, el reconocimiento de la titularidad de las relaciones laborales de su organización sindical y se atienden lo requerimientos establecidos en los Convenios 87 y 98 de la OIT.

Se presentaron dos reservas en lo particular:

  1. Una de ellas por parte del Partido Morena en voz de la Diputada Celestina Castillo Secundino quien señaló en su intervención. El dictamen que estamos discutiendo tiene como principal objetivo garantizar derechos por los que las y los maestros han luchado por mucho tiempo. Estos mismos derechos deben ser reconocidos para las y los trabajadores de la educación que pertenezcan a organizaciones que no tengan registro ni toma de nota. No podemos dejar a nadie afuera. Es necesario que todas y todos los maestros de nuestro país puedan disfrutar de los derechos que se establecen en este dictamen independientemente de la situación sindical en la que se encuentren. El goce de los derechos no puede estar sujeto a trámites en lo que se resuelve la situación sindical de cientos de profesoras y profesores en nuestro país.
  2. Una más, del Partido del Trabajo, expuesta por la Diputada Susana Prieto Terrazas quien argumentó. El dictamen limita la lucha por la libertad de los derechos constitucionales de libertad sindical. Todas las maestras y los maestros tienen un derecho igual de participar en las elecciones. Si nosotros lo reducimos a quien tiene la titularidad del registro vigente y de la toma de nota estamos excluyendo a las coaliciones de trabajadores.

Se aceptó la primera y la segunda fue desechada. La reserva fue planteada de la siguiente manera:

“Para la implementación de lo dispuesto en esta ley, las autoridades competentes garantizarán el derecho a la libre sindicación de las maestras y los maestros, reconociendo para sus efectos la titularidad de las relaciones laborales colectiva de su organización sindical en los términos de su registro vigente y toma de nota, así como el conjunto de derechos humanos y libertades fundamentales que les corresponden de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, los instrumentos internacionales en la materia de los que México es parte, la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal para los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional; los derechos señalados anteriormente también serán aplicables para las organizaciones sindicales que no tengan registro vigente ni toma de nota.”

A final de cuentas, el dictamen  fue aprobado en la Cámara de Diputados con 356 votos en pro, 115 en contra, y 19 abstenciones y turnado a la Cámara de Senadores.

Resulta conveniente discutir sus alcances y comprender claramente lo que se aprobó, entender la convergencia entre la reforma laboral y la reforma educativa. Es decir, la manera en cómo se harán efectivos los derechos sindicales con los derechos establecidos en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros. Colocarlos en un mismo plano. Sobre todo porque le dan cabida a las organizaciones sindicales que no tengan registro vigente ni toma de nota. Una vez que el Senado lo apruebe, habría que revisar los instrumentos para la participación de las organizaciones sindicales a las que estén afiliados los profesores en el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros. El reconocimiento a la representación de las diversas asociaciones gremiales a las que los docentes se hayan adherido. Hacer efectivo el derecho a la asociación, la libre sindicación y la negociación colectiva. Nada más ni nada menos. No es un asunto menor sino que encierra una gran relevancia.

Es de sobra conocida la serie de arbitrariedades y abusos de autoridad por parte de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM). Reconocidas por la titular de la dependencia, la Secretaria de Educación y el propio Presidente de México. Incluso hay denuncias con casos documentados de tales anomalías. Cada quien defiéndase como pueda era la consigna. Cabe esperar, a partir de la aprobación, las disposiciones oficiales para asegurar el cumplimiento del dictamen. Por ejemplo, en lo que respecta a la referida mesa tripartita al final de los procesos de admisión, promoción y reconocimiento. Considero que deberán dar cabida y participación a las distintas organizaciones sindicales a las cuales los docentes estén afiliados para la defensa de sus derechos laborales, profesionales y sindicales.

Es de llamar la atención el silencio del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. Quizá tengan razón de sobra. Por un lado, le otorgan la representatividad de sus agremiados en el Sistema de Carrera pero por el otro se le quita el monopolio de dicha representación. Habrá que darle seguimiento a los hechos que transcurran al respecto durante los días subsecuentes.

Carpe diem quam minimun credula postero


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