La Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y Maestros (USICAMM), publicó el Acuerdo tiene por objeto establecer las reglas bajo las cuales se desarrollará el proceso de promoción horizontal por niveles con incentivos en educación básica 2025.
Según el documento publicado, la promoción horizontal es un derecho de las maestras y los maestros en educación básica, así como un incentivo por su vocación en el servicio, dedicación en su función y el compromiso en su profesionalización, que contribuye al máximo logro de aprendizaje de niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
Toda maestra o maestro podrá participar voluntariamente en el proceso de promoción horizontal en educación básica 2025, con apego a las convocatorias que para tal efecto emitan las autoridades educativas y el cumplimiento de los requisitos dispuestos para tal fin.
El Acuerdo señala que durante el proceso se apreciarán los conocimientos, aptitudes, capacidad de gestión y experiencia necesarios del participante, para contribuir al logro del aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos, además del compromiso profesional y la vocación de servicio.
Para ello, la USICAMM dispuso de cuatro elementos multifactoriales que se tomarán en cuenta para la valoración:
1. Formación profesional, con una ponderación máxima de 15 sobre un esquema de 100 puntos.
2. Antigüedad, con una ponderación máxima de 35 sobre un esquema de 100 puntos.
3. Actualización y desarrollo profesional, con una ponderación máxima de 20 sobre un esquema de 100 puntos.
4. Apreciación de conocimientos y aptitudes, con una ponderación máxima de 30 sobre un esquema de 100 puntos.
Y, como en otros proceso anteriores, la USICAMM dispuso otorgar 5 puntos de manera automática a las maestras y a los maestros que no cuenten con algún tipo de incentivo, derivado de los programas de Carrera Magisterial, de Promoción en la Función por Incentivos en Educación Básica o de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos, o bien, el KW de Asesora Técnica Pedagógica, en cualquiera de las plazas que ocupe.
Fechas clave
El proceso de Promoción Horizontal 2025 se realizará con base al siguiente calendario:
No. | Actividad | Fecha |
1 | Publicación del Acuerdo que contiene las reglas del Programa de promoción horizontal por niveles con incentivos en educación básica 2025. | 5 de diciembre de 2024 |
2 | Publicación de convocatorias de las autoridades educativas de las entidades federativas. | 21 de febrero de 2025 |
3 | Generación de citas para el registro al proceso. | Entre el 28 de abril y el 4 de mayo de 2025 |
4 | Registro y verificación documental. | Entre el 5 de mayo y el 6 de junio de 2025 |
5 | Apreciación de conocimientos y aptitudes. | 26 y 27 de julio de 2025 |
6 | Consulta de resultados por las maestras y los maestros participantes. | 12 de septiembre de 2025 |
7 | Publicación del listado nominal ordenado de resultados. | 27 de octubre de 2025 |
8 | Determinación y publicación del personal beneficiado. | A partir del 14 de noviembre de 2025 |
9 | Asignación de incentivos del Programa. | Con efectos del 1 de septiembre de 2025 |
Para más información consulta los Acuerdos 2025 publicados por la USICAMM disponibles AQUÍ.