El diputado Miguel Ángel Guevara Rodríguez (PAN) propuso una iniciativa que busca otorgar un estímulo fiscal del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a las personas morales o físicas con actividades empresariales que contraten a jóvenes entre 15 y 22 años.
Esta propuesta, que ya fue enviada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su análisis, sugiere que el incentivo se deduzca de los ingresos acumulables para los efectos del ISR del ejercicio fiscal correspondiente, equivalente al 25% del salario pagado a estos jóvenes trabajadores.
La iniciativa establece que, para aplicar este estímulo, se debe considerar la totalidad del salario que sirva como base para calcular las retenciones del ISR del empleado correspondiente en el ejercicio fiscal aplicable.
Guevara Rodríguez propuso renombrar el Capítulo II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de “De los Patrones que contraten a Personas que padezcan Discapacidad y Adultos Mayores” a “De los Patrones que contraten a Personas que padezcan Discapacidad, Adultos Mayores y Jóvenes“, y añadir un cuarto párrafo al artículo 186. Esta modificación, argumenta, fomentará el empleo juvenil y fortalecerá la economía.
La iniciativa señala que los jóvenes enfrentan un panorama laboral más complicado que el promedio.
Y es que refirió que según cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el 33.7% de los desempleados pertenece al grupo de 15 a 24 años. Además, de la población no económicamente activa (PNEA), que representa alrededor de 40.5 millones de personas, el 39.8% tiene 15 años o más. De esta categoría, cinco millones están disponibles para trabajar, pero no han tomado acciones para hacerlo, lo que subraya la importancia de incentivar la contratación de jóvenes.
Guevara Rodríguez aclaró que esta medida no incrementaría significativamente el impacto fiscal actual del Gobierno Federal debido a la deducibilidad de este concepto. Por el contrario, estas deducciones fiscales aliviarán la carga tributaria de los jóvenes contribuyentes.
Puntualizó que para acceder a esta deducción fiscal al contratar a jóvenes de 15 a 22 años, los empleadores deben cumplir con el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política y las leyes laborales aplicables, incluyendo la necesidad de obtener permisos de los padres o tutores cuando se trate de menores de edad.