El voto sindical directo

La Sección 22 de la SNTE-CNTE será llamada a elecciones ya pronto, pues se encuentra vencida igual que muchas otras...
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Parecería que el voto directo en el sindicalismo mexicano llegó para quedarse con un aplauso generalizado, pero no es el caso. Las reacciones han sido contradictorias.

Por ejemplo, una reciente nota de prensa fechada en Campeche decía lo siguiente: “La elección para renovar la dirigencia de Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) se realizaría con el uso de tecnología mediante instrumentos digitales, para evitar aglomeraciones y posibles ilegalidades según propuesta de la Secretaría del Trabajo”.

La nota no detalla lo que significa “el uso de tecnologías mediante instrumentos digitales”. Quizá se esté sugiriendo el uso de urnas electrónicas en la votación sindical petrolera, que ya viene, a diferencia de la nacional del SNTE que, por ahora, no viene. Sería interesante ver un ejercicio de ese tipo, que ya el INE puso en práctica en las recientes elecciones constitucionales del 6 de junio.

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Con un criterio contrario, los resolutivos del Congreso Nacional XIV de la CNTE en Chiapas, efectuado a mediados de mayo de 2021, ponen en entredicho lo que pueden ser las bondades del uso del voto directo y secreto en las elecciones sindicales. Dice un párrafo de esos resolutivos magisteriales lo siguiente:

“Rechazamos la nueva reforma laboral de la autodenominada 4T y el reglamento de elecciones impuesto por la cúpula del CEN del SNTE para el nombramiento de las representaciones seccionales; exigimos el respeto a nuestros procesos, reconocimiento a todas las instancias electas democráticamente de la CNTE, en todas las entidades del país”. En otra parte dice: “Rechazamos categóricamente el reglamento de elecciones impuesto por la cúpula del SNTE, para ello se hace necesario que la comisión jurídica de la CNTE instrumente un recurso legal que demande la cancelación de dicho reglamento”.

En otro párrafo de la CNTE se pone en entredicho explícito al voto secreto, de quien se afirma que no es la panacea. Dice el párrafo: “Es impostergable democratizar y extinguir al charrismo sindical y todas las estructuras del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). La modificación de la Ley General del Trabajo, agravia drásticamente el derecho de elegir democráticamente a su representación sindical, poniendo como panacea el voto universal y secreto, sin trastocar la corrupta estructura vertical. Rechazamos categóricamente el reglamento a modo para elegir la representación sindical. Exigimos al gobierno, respeto y reconocimiento a las instancias sindicales y estructuras de la CNTE elegidas en nuestros procesos democráticos para representar a los trabajadores de la educación y sea reconocido su derecho al tiempo liberado para su trabajo sindical”.

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La Sección 22 de la SNTE-CNTE será llamada a elecciones ya pronto, pues se encuentra vencida igual que muchas otras. En éste párrafo ponen en entredicho el voto secreto ordenado por la ley y rechazan el reglamento que el CEN del SNTE lanzó para procesar las elecciones seccionales en puerta. El SNTE está obligado a lanzar su convocatoria con base en la ley (planillas, urnas en las asambleas delegacionales electivas, voto secreto y directo). A la CNTE no le parece el procedimiento. ¿Qué ocurrirá en este choque de trenes?

Dos renglones del comunicado ofrecen que saldrán chispas del proceso. “Exigimos el respeto a nuestros procesos, reconocimiento a todas las instancias electas democráticamente de la CNTE, en todas las entidades del país” y “exigimos al gobierno, respeto y reconocimiento a las instancias sindicales y estructuras de la CNTE elegidas en nuestros procesos democráticos”. Vale decir, sólo cuentan nuestros procedimientos. Este párrafo es atendible por muchos conceptos. La CNTE tiene razón en que el puro voto secreto no trastoca “la corrupta estructura vertical del SNTE”.

Pero a pesar de esta atendible opinión, la ley ordena la existencia de planillas, del voto secreto y de urnas en asambleas delegacionales electivas (Ade) con funcionarios electorales nombrados por el CEN del SNTE. El procedimiento es obligatorio para todos los sindicatos, por ley, por la Constitución, e incluso por el T-Mec. La CNTE parece que no desea abandonar su pre-congreso para decidir en una asamblea de una instancia a su próxima dirigencia y por eso pide “respeto a nuestros procesos democráticos”. ¿Cómo podrá el CEN procesar todas estas divergencias dentro del marco a que le obliga todas estas rígidas reglamentaciones? Ya pronto veremos la solución.


@WenceslaoXalapa

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