La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Evaluación de la Educación (INEE) informó a través de un comunicado de prensa que realiza sus tareas con estricto apego a la ley.
Destacó el organismo de la evaluación que su consejera presidenta Sylvia Schmelkes del Valle no ha negociado con ninguna autoridad educativa la contratación de docentes fuera de la Ley
Lo anterior luego de que se diera a conocer en distintas fuentes periodísticas de que el Secretario de Educación de Guerrero reveló que había una propuesta de que le dieran la oportunidad de contratar maestros para que los niños no se queden sin clases.
“Hay un compromiso de que yo pongo a gente que capacite bien a los maestros y que en dos años presenten el examen, yo sé que –los profesores– lo van a pasar; o sea –insistió– si se puede llegar a acuerdos,” habría señalado Martínez della Rocca.
En ese sentido, el INEE aseveró que la forma de ingreso al Servicio Profesional docente debe ceñirse a lo establecido en el artículo 3° Constitucional, en la Ley General de Educación, en la Ley del Servicio Profesional Docente y en la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Destacó que el artículo 3º de la Constitución establece que la ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el Servicio Profesional Docente con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación.
Y advirtió que serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a dicha ley.
“…ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación señala que es atribución de la Junta de Gobierno del INEE declarar la nulidad de los procesos y resultados de las evaluaciones que no se sujeten a los lineamientos que expida el Instituto, previa audiencia que se conceda a la autoridad educativa responsable”, informó el INEE.
Del mismo modo manifestó que corresponde al organismo el diseño y expedición os lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el Servicio Profesional Docente en la educación obligatoria, así como autorizar los parámetros y supervisar los procesos de evaluación y emisión de resultados previstos en el Servicio.