Despido para quienes hostiguen a maestros que se evaluaron: IEEPO

El Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), advirtió que iniciará procedimientos administrativos contra quienes comentan actos de ...
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ieepoEl Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), advirtió que iniciará procedimientos administrativos contra quienes comentan actos de hostigamiento laboral contra las y los maestros oaxaqueños que presentaron la Evaluación al Desempeño del Servicio Profesional Docente.

En un comunicado de prensa, el IEEPO señaló que la Dirección de Servicios Jurídicos procederá contra los hostigadores  lo cual implicaría la rescisión del contrato laboral.

Y es que tras realizarse por primera vez la evaluación docente en Oaxaca, se han registrado demandas y denuncias por parte profesores que han sido afectados en su integridad física y psicológica, así como en su desempeño laboral por el hecho de haber realizado dicha evaluación.

Tal es el caso del profesor  Francisco González Estrada de la Secundaria General Número 1 José Vasconcelos, quien denunció haber sido expulsado de ese centro educativo por sus demás compañeros pertenecientes a la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).

Ante las crecientes demandas, el IEEPO aseguró que  acompañará al trabajador quejoso ante el Órgano Interno de Control que depende de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental (SCTG), en donde la consecuencia máxima para los hostigadores sería la inhabilitación como servidor público.

En ese sentido llamó a los maestros que son víctimas de hostigamiento laboral, a que presente su denuncia, la será tratada con confidencialidad al 01 800 433 76 15.

Por su parte, Moisés Robles advirtió cero tolerancia  para quienes hostiguen laboralmente a las y los maestros que cumplen con la ley al presentar la evaluación docente.

“…son causas de rescisión de relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón, en caso de incurrir  el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia”, explicó.