Regreso y justicia

Nos da ánimo y optimismo pensar que las familias, especialmente las que se encuentran en mayor vulnerabilidad y marginación, ya no tendrán que ...
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El día 30 de agosto comenzó, en la mayor parte del país, el proceso de regreso a las aulas para la educación obligatoria. Y justo esa mañana interpusimos, desde Aprender Primero, una demanda de amparo para que la vuelta a las aulas esté centrada en el auténtico bienestar y el desarrollo pleno que corresponde a niñas, niños y jóvenes, y no en lo que a los adultos les acomoda o determinan arbitrariamente; todo examinado a la luz de lo que marca nuestra Constitución, y haciendo concreto el principio del interés superior de la niñez.

A diferencia de otros amparos, el nuestro no se realiza en representación de un grupo de niñas, o de familias, o de docentes concretos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció a Aprender Primero con el “interés legítimo”, es decir, con la acreditación necesaria y suficiente para defender derechos precisamente desde la perspectiva global. 11 tesis independientes sobre el papel de sociedad civil, emitidas por la propia SCJN, reconocen que es una vía distinta a la de acreditar el “interés jurídico”, es decir, una afectación directa; lo que toca hacer en un litigio a Aprender Primero es mostrar que los derechos humanos de terceros están en riesgo por la acción o por la omisión de las autoridades.

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El juez Primero federal, con sede en la CDMX, definió una suspensión provisional a nuestro favor. Esta decisión del juez -argumentada exhaustivamente y con solvencia en su resolución- implica que, para cada niña, ese regreso seguro no puede ser fortuito, no puede depender de su buena suerte, del poder de compra de su familia, de si está inscrita en una escuela con el código postal correcto, o de que sus maestros y directivos hagan sacrificios personales que resultan injustos y desproporcionados.

Lo que el juez está mandando es que la autoridad no rehúya su plena responsabilidad, y que el suministro de agua y de materiales quede claramente en su cancha, para que esa provisión sea universal, sin discriminación ni exclusión. Agua en cada escuela, que es una obviedad tal que espanta que deba exigirse por vía judicial, a 100 años del Sistema Educativo y a 18 meses del cierre de aulas, es ahora un mandato judicial.

Esta suspensión mandata que el personal educativo y las familias no cuenten sólo con ‘orientaciones’ y ‘sugerencias’, sino que se precise cuáles son las tareas específicas que corresponden de forma obligatoria a cada autoridad; por ejemplo, no sólo “informar” de un contagio, sino detallar qué va a hacer la autoridad de Salud.

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El contenido de esta demanda de amparo ni es nuevo, ni es sorpresa en nuestra interacción con las autoridades educativas. Por meses hemos insistido a la SEP y Salud poner auténticos protocolos, detallados y adecuados, y afirmamos que la Guía ha mejorado en sus sucesivas versiones, pero que no es un verdadero protocolo; en un micrositio web ofrecimos incluso un protocolo tipo, retomado de las buenas prácticas de nuestro propio país. Ahora el juzgado determina que esta tarea ya no puede posponerse ni declinarse, de parte de las autoridades federales.

El apremio judicial no es para nosotros un movimiento mediático ni un tema personal con los funcionarios. Es hacer exigible y justiciable el derecho a la educación; de poco sirve celebrar el derecho en la retórica, si no se logran en la realidad las condiciones mínimas para aprender, y en el caso que nos ocupa, contar con estándares mínimos de aforo, dar seguimiento, fijar un plan conjunto que dé certeza y no ambigüedad, para cumplir con ambos derechos: a la salud y a la educación.

Nos llena de esperanza pensar que, con esta resolución, pueden salir de la desazón y angustia los directivos y maestros a quienes no se les aseguró que el suministro de materiales fuera continuo para su escuela, o que deja a su criterio y sin apoyo del personal de salud los pasos siguientes ante una sospecha de contagio. Nos da ánimo y optimismo pensar que las familias, especialmente las que se encuentran en mayor vulnerabilidad y marginación, ya no tendrán que arreglárselas con cubrebocas improvisados, sino que tendrán la certeza de que este elemento imprescindible para la presencialidad de sus hijas e hijos en la escuela no se convertirá en un costo adicional y prohibitivo. La gratuidad de la escuela pública ahora debe incluir estos elementos.

Esta decisión de los tribunales sienta un precedente y es un auténtico parteaguas. Confiamos en que las autoridades implementarán estas obligaciones con esmero, con seriedad y diligencia, como corresponde a la dignidad de los cargos que se les han confiado para la educación y salud de las y los mexicanos; esperamos que su energía no esté en resistirse, sino en que el regreso se realice con justicia.

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