Tras la publicación del Decreto en materia de movilidad docente por parte de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el cual ordena tomar como único criterio para un cambio de escuela la antigüedad, la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y Maestros difundió los Criterios de observancia general para las asignaciones de los cambios de centro de trabajo del ciclo escolar 2025-2026
El documento tiene como objetivo establecer las bases mediante las cuales se llevarán a cabo las asignaciones de los cambios de centro de trabajo para el ciclo escolar 2025-2026, y contiene 12 artículo un transitorio único.
Se trata además de que maestras y maestros se acerquen a su lugar de origen para estar más tiempo en sus hogares y con sus familias.
De acuerdo con el documento, las autoridades educativas de las entidades federativas, llevarán a cabo eventos públicos y transparentes para las asignaciones de los cambios de centro de trabajo, y serán convocados con al menos 48 horas de su realización.
Detalla que los eventos públicos y presenciales de asignación de cambio de centro de trabajo se realizarán del 27 de junio al 9 de julio de 2025, y que en caso de que alguna autoridad educativa de las entidades federativas requiera ampliación de ese plazo, solicitará a la Unidad del Sistema la autorización correspondiente con la debida justificación y previsión para evitar atrasos en las asignaciones.
El documento destaca que, en efecto, para la integración de la lista de ordenamiento para cambiarse de centro de trabajo se tomará
como único factor la mayor antigüedad en el servicio docente o el servicio directivo de la maestra o el maestro.
¿En caso de empate?
En caso de empate en los resultados, se deberán considerar los siguientes criterios en este orden:
I. Antigüedad en la función;
II. Antigüedad en el centro de trabajo, y
III. Antigüedad sólo en centros de trabajo educativos.
El documento ordena a las autoridades educativas que los espacios a considerar, antes de ser difundida, deberá ser remitida a la Unidad del Sistema para su publicación y difusión en el portal de internet http://usicamm.sep.gob.mx
Representación sindical presente
Y tal como lo adelantó el titular de la SEP, Mario Delgado Carrillo, las maestras y los maestros tienen derecho a ser representados por su organización sindical antes, durante y después del proceso de cambio de centros de trabajo para la defensa y respeto de sus derechos laborales, salariales y profesionales, incluidos los eventos públicos presenciales objeto de estos criterios.
De igual manera, las maestras y los maestros tienen derecho de denunciar ante la Unidad del Sistema, por sí o por medio de su representación sindical, la omisión de vacantes que realice la autoridad educativa de la entidad federativa en el proceso de cambio de centro de trabajo.
Advierte que la representación sindical participará antes, durante y después del proceso de cambio de centro de trabajo, incluida la asignación en los eventos públicos y presenciales, para vigilar su correcta aplicación y dar seguimiento a su puntual desarrollo conforme a las disposiciones aplicables para contribuir a que no se presenten conductas de corrupción, influyentismo, nepotismo y cualquier otra irregularidad, velando en todo momento por los derechos de las maestras y los maestros.
Los Criterios de observancia general para las asignaciones de los cambios de centro de trabajo del ciclo escolar 2025-2026 se pueden consultar AQUÍ