Un juez federal amparó a una menor de edad en contra del cobro de cuotas en el Centro de Desarrollo Infantil (CENDI) del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET).
El hecho, calificado como inédito, demuestra que el cobro de cuotas en escuelas y organismos públicos es inconstitucional y violatorio de derechos humanos, aseguró Donaciano Quen Pérez, padre de la menor Yaretzi Guadalupe Quen Luna, de 5 años.
A través del juicio de amparo 399/2015-VI en el Juzgado Primero de Distrito de Tabasco, en contra del director del ISSET, Agapito Domínguez Lacroix, el también abogado en representación de su hija, demostró la inconstitucional del reglamento interior del organismo que, entre sus cláusulas mandata el cobro de cuotas en el CENDI.
Explicó que el ISSET aplicó a su hija el artículo 27, fracción XII, inciso G de su reglamento, y la suspendió de manera definitiva del servicio educativo que recibía en el CENDI, porque no se pagaron tres meses consecutivos la cuota de recuperación mensual de 450 pesos.
En ese sentido, el quejoso aseveró que a pesar de haberse elevado la educación pública gratuita al rango de derechos humanos, se siguen violando sistemáticamente las garantías de los escolares al imponerles el pago de cuotas, donaciones o contraprestaciones por el servicio que reciben del Estado.
Pero lo que más lamentó es que no haya autoridad alguna en la entidad que promueva, proteja y garantice esos derechos, aun sabiendo que es obligación.
Por lo anterior, Quen Pérez señaló que por eso existen en la entidad reiteradas violaciones a los derechos humanos por el cobro de cuotas escolares, desde preescolar hasta el universitario, violaciones dijo, cometidas por directores o titulares de los distintos sistemas y planteles educativos.
Por último expresó que el ISSET se obliga a reembolsar las cuotas que ha pagado al CENDI durante el periodo que su hija ha estado en dicha institución.