Las normas para la evaluación del aprendizaje

Los considerandos acerca de la evaluación formativa quedan al margen de estas normas y bajo la determinación exclusiva, subjetiva, de las y los ...
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He estado analizando lo que debió haber ocurrido en la primera sesión del Consejo Técnico Escolar siguiendo las expectativas establecidas por las autoridades educativas federales plasmadas en las respectivas orientaciones[1]. En mi primera entrega, abordé la función supervisora; en la segunda, me centré en el trabajo de los docentes; y en la tercera, traté lo relacionado con la función de los directores escolares. En ellos advertí un punto en común en los tres casos. Se alcanzaron medianamente de plano se incumplieron los propósitos. En otras palabras, no se comprometieron a fortalecer la autonomía profesional las supervisoras y los supervisores; tampoco concluyeron su planeación didáctica las maestras y los maestros; ni retomaron el programa escolar de mejora continua y menos aún continuaron con el diagnóstico socioeducativo las directoras y directores escolares. También tuvieron que haber propiciado la revisión de las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de las y los alumnos de la educación preescolar, primaria y secundaria entre el colectivo docente.

Estas normas de evaluación sustituyen a las anteriores ordenadas mediante el Acuerdo 11/03/19. Haciendo un análisis comparativo muy somero encontramos algunas semejanza y ciertas diferencias. Algunas de las similitudes halladas son, en mi parecer;

  • La acreditación y promoción automática para la Fase 2 y 3.
  • La evaluación por asignaturas en la fase 6.
  • Se mantienen 3 periodos de evaluación en todas las fases.

Aunque encuentro ciertas distinciones. Entre ellas, por ejemplo:

  • La asistencia no se considera como un criterio para la acreditación ni promoción
  • El referente de evaluación ya no lo son los aprendizajes esperados sino los contenidos.
  • La evaluación por campos formativos, ya no por asignaturas, en el caso de las fases 2, 3, 4 y 5.

Es por ello que considero hacer una revisión más puntual. En los párrafos subsecuentes resaltaré aquellos tópicos destacados en mi opinión.

Tomando como referencia el Acuerdo número 14/08/22 su anexo así como del Acuerdo número 08/08/23 y su anexo por el que se establece el Plan y los Programas de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria éstos están organizados en siete ejes articuladores. Comprenden 3 niveles educativos (educación preescolar, primaria y secundaria) que se cursan en 12 grados y 5 fases de aprendizaje. Ejes articuladores, campos formativos y fases de aprendizaje son los componentes curriculares.

El Acuerdo 10/09/23 por el que se establecen las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de las alumnas y los alumnos de educación preescolar, primaria y secundaria refiere que tal organización curricular “integra conocimientos y saberes alrededor de la realidad de las y los estudiantes en el aula, la escuela y la comunidad entendido como espacios de interdependencia e interacción”[2]. Asimismo, la evaluación de los aprendizaje forma parte del proceso formativo, dentro de la relación pedagógica que se establece en el diálogo entre el profesor y el estudiante. La evaluación conlleva elementos como:

  • La participación
  • La observación sistemática, personalizada y contextualizada de lo avanzado por las y los estudiantes respecto a los contenidos abordados en los campos formativos en diferentes momentos del ciclo escolar[3].

De igual manera señala que “la evaluación retroalimenta el proceso educativo al desencadenar procesos de autorreflexión, identificar los logros y los obstáculos que se han presentado, así como los elementos por trabajar, lo que permite fortalecer la planeación de la tarea educativa”[4].

Asimismo, concibe a la evaluación del aprendizaje para la acreditación “como la emisión de un juicio basado en el análisis del conjunto de evidencias de todo el proceso de enseñanza aprendizaje”[5].

Por otra parte, fija los referentes de la evaluación del aprendizaje para la acreditación  los cuales son:

  • los fundamentos de la propuesta curricular;
  • el perfil de egreso y
  • los contenidos determinados en los campos formativos de las fases y grados de dichos niveles educativos.

El resultado final se sustenta el otorgamiento de una calificación a juicio del maestro o la maestra responsable que se registra en un documento oficial llamada boleta de evaluación.

Se disponen 3 periodos de evaluación:

Primero: Del comienzo del ciclo escolar y hasta el último día hábil del mes de noviembre.

Segundo: Del comienzo del mes de diciembre y hasta el último día hábil del mes de marzo.

Tercero: Del comienzo del mes de abril y hasta el último día hábil del ciclo escolar [6].

Al final de cuentas las docentes y los docentes decidirán los modos de continuar el proceso educativo. Esto es, si una alumna o un alumno continua con sus estudios en el grado y/o nivel educativo siguiente con base en las evidencias que otorgan los procesos de evaluación del aprendizaje para la acreditación[7]. A esto se le llama promoción.

Los resultados de la evaluación del aprendizaje así como los criterios de acreditación y promoción se llevarán a cabo conforme a lo siguiente[8]:

-Fase 2. Primero, segundo y tercer grado de educación preescolar.

  • Observaciones y sugerencias en cada uno de los campos formativos sin utilizar valores numéricos.
  • Se acredita con solo haber cursado el grado correspondiente.
  • La alumna o el alumno será promovida (o) al grado siguiente.

-Fase 3. Primero y segundo grado de educación primaria.

  • Una escala numérica de 6 a 10 con número enteros así como observaciones y sugerencias en cada uno de los campos formativos.
  • Se acredita con solo haber cursado el grado correspondiente.
  • La alumna o el alumno que curse el primer o segundo grado será promovida (o) al siguiente grado.

-Fases 4 y 5. Tercero a sexto grado de educación primaria.

  • Una escala numérica de 5 a 10 y los promedios con un número entero y un decimal, así como observaciones y sugerencias en cada uno de los campos formativos.
  • La calificación de 5 es reprobatoria, es decir, no promovido.
  • Las calificaciones de 6 a 10 son aprobatorias, es decir, promovido.
  • La alumna o el alumno será acreditado cuando obtenga un promedio final mínimo de 6 en los campos formativos.

-Fase 6. Primero a tercer grado en educación secundaria.

  • Una escala numérica, de 5 a 10, para cada una de las disciplinas que conforman los campos formativos.
  • Las calificaciones se expresarán en números enteros y los promedios con un número entero y un decimal.
  • La calificación de 5 es reprobatoria, es decir no promovido.
  • Las calificaciones de 6 a 10 son aprobatorias, es decir no promovidos.
  • La alumna o el alumno será acreditada (o) cuando obtenga un promedio final de 6 en cada disciplina que conforman los campos formativos.
  • La disciplina Educación Emocional/Tutoría, del campo formativo De lo humano y lo comunitario no se considerará para acreditación.
  • La alumna o el alumno volverá a cursar el grado cuando al concluir el ciclo escolar tenga 5 o más disciplinas no acreditadas.
  • La alumna o el alumno que se encuentre en situación de riesgo por no haber obtenido calificación aprobatoria en hasta 4 disciplinas podrá regularizar esta situación, en los términos que para tal efecto establezcan las Normas de Control Escolar aplicables;
  • La alumna o el alumno podrá inscribirse al grado inmediato superior cuando, al concluir el primero o segundo periodo de regularización, conserve un mínimo de 6 disciplinas acreditadas;
  • La alumna o el alumno podrá acreditar un grado escolar de la educación secundaria a través de una evaluación general de conocimientos, en los términos que para tal efecto establezcan las Normas de Control Escolar aplicables;
  • La disciplina Educación Socioemocional/Tutoría del campo formativo De lo Humano Comunitario considerará promoción.

Por último, y no por ello menos importante, los considerandos acerca de la evaluación formativa quedan al margen de estas normas y bajo la determinación exclusiva, subjetiva, de las y los docentes. Ya no de la evaluación del aprendizaje para fines de acreditación y promoción. Sino una evaluación del proceso educativo, en lo general, así como de los procesos de enseñanza y aprendizaje en lo particular. Identificar los obstáculos que dificultan el aprendizaje de los alumnos y superarlos mediante la retroalimentación oportuna, apropiada, efectiva continuarán siendo las tareas fundamentales de las maestras y los maestros.

Carpe diem quam minimun credula postero

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[1] Secretaría de Educación Pública. Orientaciones para la Primera Sesión Ordinaria del Consejo Técnico Escolar y el Taller Intensivo de Formación Continua para Docentes, 29 de septiembre del 2023. (México) p. 9 consultado el 2 de octubre del 2023 recuperado de https://educacionbasica.sep.gob.mx/primera-sesion-ordinaria-2023-2024/

[2] Secretaría de Educación Pública. normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación de las alumnas y los alumnos de educación preescolar, primaria y secundaria. 27 de septiembre 2023. (México) p. 2 consultado el 11 de octubre del 2023 recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5703099&fecha=27/09/2023#gsc.tab=0

[3] ídem

[4] ídem

[5] ibídem p. 3

[6] ibídem p. 5

[7] ibídem p. 4

[8] ibídem p. 6

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