¡Jubilaciones a los 28 y 30 años de servicio ya!

¿Sabe usted a cuánto asciende la pensión de un trabajador de la educación por haber prestado sus servicios por más de 30 años ininterrumpidos?
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Recientemente, diversos medios de comunicación dieron a conocer una noticia que a más de uno llamó la atención; se trató del acuerdo que logró la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) con el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, para que se presente una iniciativa que reduzca los años de servicio para la jubilación. Una noticia que, repito, a más de un trabajador de la educación le pareció extraordinaria, y no es para menos porque, como se sabe, la ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE) reformada y aprobada durante el sexenio de Felipe Calderón, modificó sustancialmente el sistema de pensiones y profundizó en el incremento en la edad para jubilarse y en los años de servicio (por su consecuente cotización); de ello se derivó lo que hoy se conoce como “cuentas individuales” y décimo transitorio”; un mecanismo “pensionario” que, según se dijo, mejoraría el sistema de pensiones y la administración de las mismas en el país, porque el trabajador sería el que “elegiría” la forma en que desearía pensionarse previa jubilación; mecanismo que, por obvias razones no aplicó para quienes ingresaron después de la entrada en vigor de esa ley porque, para ellos, la figura de “cuentas individuales” se aplica a raja tabla.

Y bueno, en medio de este cuento, hay que hacer notar que la edad y tiempo de servicio para jubilarse contemplada en esa ley no enfrentó resistencia de quien se esperaba que podría rechazarla, porque no hubo poder humano ni jurídico que la modificará posterior a su aprobación y, por tanto, la jubilación por años de servicio se incrementó, así como la edad de los trabajadores. Anterior a esta ley, las mujeres a los 28 años de servicio podían jubilarse y los hombres a los 30, sin embargo, con la nueva ley, para este propósito, pueden ser más de 40 años de servicio porque, si uno de ubica en el “décimo transitorio” y si desea pensionarse con cerca del 100 por ciento de su pensión (sueldo base), tendría que cumplir la edad requerida, pudiendo ser ésta de 60 años o más, dependiendo de la fecha en que haya ingresado al sistema. Obviamente que cualquier trabajador, dependiendo de la tabla estipulada en la ley referida, podría retirarse y solicitar pensión en el momento que así lo requiera, pero, repito, el porcentaje de su pensión variaría considerablemente por lo estipulado en dicha tabla.

Sí, así como lo leyó usted, 60 años o más, con 40 años de servicio o más. Un dato que a la luz de los números parece poco relevante, pero que si se coloca en términos de la esperanza de vida en nuestro país ya no lo es tanto porque, como se sabe, ésta ronda poco más de los 70 años. Además, es obvio que el ser humano tiene toda la capacidad para trabajar a lo largo de su vida, pero también es obvio que, por su misma naturaleza, van mermando algunas de sus facultades porque, como es lógico, no es lo mismo tener 23 años y trabajar en una secundaria atendiendo 9 grupos con 40 alumnos cada uno, a tener 59 años y atender a esos mismos 9 grupos con 40 alumnos, con el mismo vigor que requiere tal quehacer. No, no se trata de capacidad sino de facultades que son naturales y que van disminuyendo dadas las diferentes etapas de vida de todos, absolutamente todos los seres humanos.

Ahora bien, México, un país que se caracteriza por tener brechas salariales que reflejan una desigualdad importante, el tema de las pensiones en este rubro no puede pasar por desapercibido porque, por ejemplo, hace unos meses, al ex ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldivar, le fue concedida su pensión (por la misma Corte), la cual ascendió a poco más de 192 mil pesos mensuales; esto, en virtud de que renunció 12 meses antes de que terminara su periodo constitucional de 15 años, motivo por el cual solo le correspondió el 93 por ciento.

¿Sabe usted a cuánto asciende la pensión de un trabajador de la educación por haber prestado sus servicios por más de 30 años ininterrumpidos? Sin temor a equivocarme puedo asegurar que en absoluto se asemeja a la del ministro Zaldivar porque, dependiendo la clave, el cargo, la función, entre otras tantas cuestiones más, es que se contabiliza la pensión que podría recibir dicho trabajador. ¿Se imagina a cuánto ascendería su pensión si renunciara a los 16 años de haber ingresado? También puedo asegurar que estaría lejísimos del monto que hoy recibe este ex ministro.

Es cierto, habrá quien señale que son funciones diferentes, probablemente, porque se requieren estudios específicos sobre determinada disciplina o área, sin embargo, no hay que perder de vista que, en el sistema educativo, han laborado, por ejemplo, maestras y maestros con maestrías o doctorados realizados en instituciones reconocidas a nivel nacional o hasta internacional quienes, en absoluto perciben de pensión lo que ingresa al bolsillo de Zaldivar cada mes. Y bueno, por el tema de la función o responsabilidad, yo preguntaría si no hay responsabilidad más importante que educador a los y las mexicanas.

¿Verdad que si hay una desigualdad importante?, ¿tan malo es jubilarse cuando se hayan cumplido los 28 y 30 años de servicio? Y si es tan malo, ¿para quién es tan pero tan malo?

Al tiempo.

Con negritas:

Si usted ha llegado a esta parte de la lectura, con seguridad se ha preguntado qué ha hecho el SNTE charro en todos estos años para que atienda esta demanda de las y los trabajadores de la educación; les comparto este texto que hace algunos años publiqué y que precisamente habla de un atraco; vea de qué atraco se trata: https://profelandia.com/el-snte-y-las-pensiones-para-jubilados-y-activos-el-atraco/ 

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