Ya son 14 de 26 recursos que son desechados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este día, el máximo tribunal declaró constitucional el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, que determina el cese del servicio docente a quienes acumule más de tres faltas injustificadas, en un mes. Dichos ceses de concretarse, serían sin responsabilidad alguna para la autoridad educativa.
Durante la sesión del día de hoy, el ministro Alberto Pérez Dayán argumentó que no es violatorio de los derechos laborales de los maestros el sistema establecido en el artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) que tiende a sancionar la inasistencia a las labores.
Con ésta resolución, la Corte asesta otro revés a los maestros que consideran se agravian sus derechos laborales con la LGSPD.