8 mitos y realidades de la Reforma Educativa según Mexicanos Primero.

Mito 1: Se afectan los derechos laborales de los maestros. Habrá despido de maestros. Falso.- Los maestros que cuentan actualmente con una plaza ...
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Mito 1: Se afectan los derechos laborales de los maestros. Habrá despido de maestros.

Falso.- Los maestros que cuentan actualmente con una plaza recibirán el mismo salario percibido hasta ahora y no serán despedidos, aún cuando los resultados que obtengan en las evaluaciones no sean satisfactorios.

La única causa de despido es que los maestros decidan no evaluarse o no participar en los cursos de regularización derivadas de las evaluaciones. (Artículo Octavo transitorio de la LGSPD).

A los maestros que actualmente tienen una plaza y que reprueben tres veces las evaluaciones no se les despedirá pero se les reasignará a funciones fuera del aula para no perjudicar el aprendizaje de los niños.

Si no están de acuerdo con esa readscripción pueden optar por incorporarse a un programa de retiro (no despido) voluntario. (Artículo Octavo transitorio de la LGSPD).

Los únicos que podrán ser despedidos, si reprueban tres evaluaciones consecutivas, son los nuevos maestros que entren al servicio público conforme a las nuevas leyes. (Artículo 53 de la LGSPD).

Mito 2: Los maestros estarán indefensos. Se les puede despedir sin necesidad de la intervención de los tribunales laborales.

Falso.- El personal que sea separado de su cargo con motivo de la aplicación de esta Ley podrá impugnar la resolución respectiva ante los órganos jurisdiccionales competentes en materia laboral. (Artículo 81 de la LGSPD).

Mito 3: Se cancela el derecho a la reinstalación en el empleo o de indemnización con pago de salarios caídos en caso de separación injustificada.

Falso.- Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. (Artículo 123, apartado B, fracción XI).

Esto no fue reformado y sigue vigente en todos sus términos. Asimismo, tratándose de despidos por causa justificada, los trabajadores seguirán teniendo derecho al pago del salario hasta el día del despido así como lo que se les deba proporcionalmente de prestaciones como el aguinaldo, la prima vacacional y las vacaciones no tomadas tal y como lo establece la ley laboral.

Mito 4: Se privatiza la escuela pública y la educación que imparte el Estado ya no va a ser gratuita. Con la nueva autonomía de gestión de las escuelas,  los gastos de operación básicos (agua, corriente eléctrica, mantenimiento, sueldos y salarios, papelería y demás gastos de operación) serán pagados por los alumnos, padres de familia y maestros.

Falso.-  Toda la educación que el Estado imparta será gratuita (Artículo 3 constitucional; fracción IV).

Incluso el nuevo texto del Artículo 6º de la LGE deja más claro que antes la gratuidad de la educación pública al establecer: “Se prohíbe el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos. En ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna.”

Los programas de autonomía de gestión a la que se refiere la LGE (Artículo 28 bis) busca propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta. Estos programas de gestión se refieren a desarrollar una planeación anual de actividades y administrar en forma transparente y eficiente los recursos que reciba para mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos. Los padres de familia, además, ahora tienen derecho a “Conocer el presupuesto asignado a cada escuela, así como su aplicación y los resultados de su ejecución” lo que les permitirá exigir cuentas sobre los recursos de la escuela de sus hijos. (Artículo 65 Fracción XI LGE).

Mito 5: En las evaluaciones, no se tomará en cuenta  las diferentes realidades que viven los maestros en los diferentes contextos del país.

Falso.- La evaluación del Sistema Educativo Nacional que lleve a cabo el INEE, así como las evaluaciones que en el ámbito de su competencia lleven a cabo las Autoridades Educativas, serán sistemáticas, integrales, obligatorias y periódicas. Estas evaluaciones deberán considerar los contextos demográfico, social y económico de los agentes del Sistema Educativo Nacional, los recursos o insumos humanos, materiales y financieros destinados a éste y demás condiciones que intervengan en el proceso de enseñanza-aprendizaje. (Art. 8 Ley del INEE). Las autoridades educativas deben proponer al Instituto criterios de contextualización que orienten el diseño y la interpretación de las evaluaciones (Art. 15 Ley del INEE) y el INEE debe “diseñar e implementar evaluaciones que contribuyan a mejorar la calidad de los aprendizajes de los educandos, con especial atención a los diversos grupos regionales, a minorías culturales y lingüísticas y a quienes tienen algún tipo de discapacidad” (Artículo 27 Fracción IX Ley del INEE).

Mito 6: La evaluación tiene como objetivo correr maestros.

Falso.- La evaluación tiene como fin contribuir a garantizar la calidad de los servicios educativos, establecer la efectiva coordinación de las Autoridades Educativas y dar seguimiento a sus acciones, formular políticas integrales, sistemáticas y continuas, así como programas y estrategias en materia de evaluación educativa; promover la congruencia de los planes, programas y acciones que emprendan las Autoridades Educativas con las directrices que, con base en los resultados de la evaluación, emita el INEE; analizar, sistematizar y administrar y difundir información que contribuya a evaluar los componentes, procesos y resultados del Sistema Educativo Nacional, y verificar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas del Sistema Educativo Nacional. (Artículos 11 y 12 Ley del LINEE).

Mito 7:  La evaluación consiste en exámenes estandarizados.

Falso.- La Ley mandata que las evaluaciones sean integrales (Artículo 8 Ley del INEE), un examen estandarizado no es suficiente para cumplir con este mandato.

Mito 8: No se trata de una reforma educativa, sino de una laboral.

Falso.- Hasta antes de la reforma, la Constitución y las leyes secundarias se centraban en que hubiera escuelas para todos. Ahora no sólo debe haber educación para todos, sino que ésta debe ser de calidad, lo que se traduce en lograr el máximo aprendizaje de los alumnos. La calidad educativa se define como cualidad de un sistema educativo que integra las dimensiones de relevancia, pertinencia, equidad, eficiencia, eficacia, impacto y suficiencia (Art. 5, Ley del INEE. Esto implica necesariamente una visión diferente de la educación, enfocada más en los aprendizajes cualitativos de los alumnos).