La autoridad educativa se obliga a expedir el certificado de Primaria.
La Secretaría de Educación Pública (SEP) dio a conocer diversas modificaciones a las normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.
Para ello, la SEP publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo 685 debido a que se detectaron algunas situaciones que de no corregirse, repercutirían negativamente en los educandos y por tanto, en el sistema educativo nacional.
Destaca la obligación de la autoridad educativa competente de expedir el Certificado de Educación Primaria.
En preescolar una vez que el alumno concluya dicho nivel educativo, en la Cartilla de Educación Básica se deberá asentar la leyenda: “CONCLUYO SU EDUCACION PREESCOLAR”. La evaluación del desempeño del alumno será exclusivamente cualitativa.
Y como había adelantado el Secretario de Educación Emilio Chuayffte Chemor, los alumnos de nivel primaria deberan recibir su certificado del nivel. Este Certificado podrá expedirse en versión impresa o electrónica y deberá sujetarse a los estándares de contenido, diseño y seguridad que al efecto establezca la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal en las normas de control escolar aplicables.
Descarga el acuerdo número 685 por el que se modifica el diverso número 648 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica.