Es ilegal que maestros firmen la Carta compromiso del ‘Código Conducta’: SNTE

El documento ha generado mucha polémica entre las maestras y maestros.
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La Sección 29 del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación (SNTE) de Tabasco, señaló que el ilegal que la Secretaría de Educación del Estado obligue a las maestras y maestros a que firmen el documento ‘Carta Compromiso para el cumplimiento del Código de Conducta dede las Personas Servidoras Públicas de la Administración Pública Estatal y el Código de Conducta de la Secretaría de Educación del Estado de Tabasco’.

A través de la circular SG/403/2025, que el Secretario General, José Leonides Gallegos Glori dirigió al Subsecretario de Educación Básica, Isidro Jiménez León, el organismo sindical detalló que lo exigido en la carta, viola el principio de derecho que dice: “la autoridad no puede hacer más que lo facultado por la ley.”

La seccional destacó que en la carta compromiso, se pretende que, en el caso particular los agremiados a esta Sección 29 del SNTE, se comprometan también con el contenido del Código de Conducta de la Secretaría de Educación del Estado de Tabasco, lo que resulta un exceso y es ilegal, dado que el propio Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Estatal, en su numeral 6 señala los requisitos constitucionales y legales que rigen el servicio público y, en su punto 1, establece: “…Legalidad: Las personas servidoras públicas hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren…”.

Detallo que el numeral 21 del Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Estatal, impone que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, deben emitir un Código de Conducta vinculado al general del Estado, “sin embargo se exige a los entes públicos o dependencias, en particular a la SETAB, que ese Código de Conducta debe ser emitido por su titular a propuesta de su Comité de Ética, previa aprobación de su respectivo Órgano Interno de Control y, que, una vez aprobado el Código de Conducta, la SETAB deberá realizar el trámite de publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tabasco, a fin de dar cumplimiento a los artículos Décimo Primero y Décimo Tercero de los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.”

Del mismo modo calificó de exceso, pretender comprometer a los servidores públicos y en particular a los agremiados al SNTE, a los cinco (5) puntos adicionados en la carta compromiso.

Lo anterior porque el propio Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Estatal, en sus artículos del 6 al 19, norma la conducta que debe observar el servidor público en el desempeño de sus funciones.

Sentado lo anterior, en el caso particular, el Código de Conducta de la SETAB, no se encuentra publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, de ello deducimos por lógica que no está vigente, y si no está vigente, no es vinculante (de observancia obligatoria) para las personas servidoras públicas de la SETAB, es por esta razón que afirmo, es un exceso, es ilegal, pretender que en el caso particular los agremiados del SNTE, firmen la carta compromiso incluido el Código de Conducta, dado que legalmente solo están obligados con el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Estatal”, puntualizó la Sección 29 del SNTE.

Cabe señalar que a través de grupos de WhatsApp, delegados sindicales han instruido a los docentes a que no firmen la carta compromiso del Código de Conducta.

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