SNTE cobra por cambios de adscripción: docentes denuncian extorsión

Maestros denuncian corrupción en cambios laborales
Oficinas del SNTE en Veracruz

A pesar de que los procesos de cambio de centro de trabajo del personal educativo están regulados por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM), en Veracruz han surgido nuevas denuncias sobre la intervención indebida del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Sección 32, en estos procedimientos.

De acuerdo con el Acuerdo que contiene las disposiciones generales para la autorización de cambio de centro de trabajo en educación básica y media superior, correspondiente al ciclo escolar 2025-2026, el sindicato no tiene facultades para decidir ni autorizar cambios de adscripción. Su rol es exclusivamente de acompañamiento y representación del personal que lo solicite.

“Toda forma de cambio de centro de trabajo distinta a lo establecido en el Acuerdo y en esta convocatoria será nula y, en consecuencia, no surtirá efecto alguno” (Artículo 32, fracción X).

Sin embargo, diversos docentes de la región de Xalapa, que han preferido mantener el anonimato por temor a represalias, señalan que liderazgos de la Sección 32 del SNTE les exigen sumas económicas elevadas para gestionar dichos movimientos laborales, lo cual contradice abiertamente la normativa vigente.

El documento oficial establece que:

  • “Los procesos para la autorización de cambios de centro de trabajo serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales” (Artículo 13).

  • “Los sindicatos podrán participar como observadores, pero las decisiones recaen exclusivamente en las autoridades educativas” (Artículo 35).

  • “Cualquier cambio no autorizado por la autoridad educativa será sancionado conforme a la normativa aplicable y no podrá ser regularizado” (Artículo 7).

También se enfatiza que los cambios deben garantizar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, evitando cualquier afectación al servicio educativo. Toda participación indebida o solicitud de contraprestación por parte de terceros es considerada una violación grave al marco legal.

Ante este panorama, hacen un llamado a las autoridades federales y estatales a investigar las denuncias y a reforzar los mecanismos de vigilancia y denuncia en los procesos de cambio de adscripción.

SEP y USICAMM regulan los cambios de adscripción docente con nuevas reglas para 2025

La Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM) han establecido un nuevo marco normativo que regula los cambios de adscripción para el personal docente en educación básica y media superior. El objetivo de este acuerdo, aplicable al ciclo escolar 2025-2026, es garantizar procesos más ordenados, justos y transparentes para quienes desean cambiar de centro de trabajo, ya sea dentro de su entidad federativa o hacia otra.

Según el acuerdo, podrán participar únicamente aquellas maestras y maestros que cuenten con nombramiento definitivo, tengan al menos dos años de servicio ininterrumpido en su centro actual —excepto en casos justificados por fuerza mayor— y no cuenten con notas desfavorables en su expediente. El proceso comprende varias etapas: publicación de convocatorias, registro y verificación documental, publicación de espacios disponibles, integración del listado nominal de resultados y realización del evento público de asignación.

Para asignar los cambios, se tomará en cuenta la antigüedad en el servicio y en la función, el tiempo en el centro actual, el grado académico y el promedio del último grado cursado. Las maestras y los maestros también podrán ejercer su derecho a presentar un recurso de reconsideración si consideran que su solicitud fue injustamente evaluada. Todo el procedimiento se realiza mediante plataformas digitales oficiales, lo que permite a los participantes consultar su estatus, ser notificados de avances y, si lo desean, desistirse del proceso antes del evento público.

El acuerdo establece claramente la prohibición de gestionar cambios fuera del proceso autorizado. Cualquier intento de realizar un intercambio informal, entregar dinero o realizar favores a cambio de una adscripción será considerado una falta grave y podrá ser sancionado administrativamente o incluso penalmente. También se deja en claro que el sindicato no tiene facultades para decidir sobre estos movimientos. Su función se limita al acompañamiento y observación del proceso para salvaguardar los derechos laborales de los docentes, sin intervenir en la toma de decisiones.

Las autoridades educativas de cada entidad están obligadas a informar periódicamente a la USICAMM sobre el desarrollo del proceso y a actualizar los sistemas de nómina y asignación de plazas una vez formalizados los cambios. Con estas medidas, la SEP busca profesionalizar y despolitizar los procesos de movilidad del magisterio, asegurando equidad, legalidad y transparencia para todas y todos los docentes del país.

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