Ojalá salven a Heracles ATP, durante el retraso antes del parto.

Después de filtrado y luego publicado en la gaceta legislativa el documento de trabajo de la “Ley General del Servicio para las maestras y los ...
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Después de filtrado y luego publicado en la gaceta legislativa el documento de trabajo de la “Ley General del Servicio para las maestras y los maestros” (recientemente retrasado dos meses más para su discusión en el pleno del poder legislativo en el congreso de la unión) y mientras la mayoría de los maestros están tratando de sacarle el último juguito a sus limitadas vacaciones (por no decir mini-receso de verano), parece dar inicio otro de los actos de una obra épica comparable únicamente con las de la mitología surgidas antes de Cristo en la antigua Grecia. Algunos docentes de entre todos, ya no se sabe si tras bambalinas o colgados de las tramoyas, empezamos a hacernos preguntas sobre los planteamientos que propone el borrador en cuestión y de ellas llaman a escena en este estrado como coprotagonista de la tragedia a la personificación de la función técnico-pedagógica; el Novo Heracles del sistema educativo mexicano desde mediados del siglo pasado.

Si bien la figura operativa en cuestión es conocida y reconocida por muchos, criticada por otros, vale la pena hacer una semblanza de la función técnico-pedagógica; de su origen y razón de ser en un sistema como hasta hoy lo conocemos.

¿De dónde partir para explicar el nacimiento y desarrollo de la función técnico-pedagógica en México? ¿Qué podría ser un referente para empezar a explicar su importancia inherente al proceso educativo? ¿Sobre que hombros cayó antes esa otra responsabilidad para después convertirla en nueva función y personificarla? Bueno, pues fue sobre las supervisiones escolares de educación primaria, que de acuerdo con el Dr. Alberto Arnaut, tenían dos orientaciones únicamente: policial (para hacer cumplir la obligatoriedad) y político-administrativa (en aras del inicio de la centralización estatal y federal). ¿Cuándo? A finales del siglo XIX, principios del XX, después de la república restaurada. En aquel entonces las reformas pedagógicas introdujeron nuevos contenidos y, por ende, maneras de enseñar; métodos y didácticas especiales para las nuevas asignaturas. En ese punto de la historia de la educación en México es cuando se transforma la supervisión escolar para darle importancia no sólo al qué se debe enseñar, sino también, al cómo se debe enseñar.

Y ese cómo, a lo largo del siglo XX se multiplicó y diversificó tanto como la sociedad fue cambiando y como el sistema educativo se expandió para alcanzar la cobertura deseada para todos los grupos sociales, principalmente a los que se encuentran mayormente marginados. En 1992, con el ANMEB, se transfiere ya directamente la responsabilidad técnico- pedagógica a las supervisiones escolares y se comparte, (por no decir en muchos casos descarga) sobre a los asesores técnicos-pedagógicos (comisionados) sin otorgarles mayores recursos materiales y humanos. Luego entonces, la función técnico-pedagógica surge como apoyo a la nueva responsabilidad que recaía sobre la supervisión escolar, cuyo carácter era político-administrativo y también para las escuelas, con sus directores, maestros y principalmente, alumnos.

Aquí ya pongo el dedo en la llaga. Pues a la función en cuestión, con esta nueva ley general de carrera en borrador, la pretenden regresar al limbo a los tres años de ejercicio de un docente que la asuma con incentivo. Hay una diferencia notable con la reforma anterior, pues aquella intentó darle categoría. Esto es, una clave presupuestal que una vez evaluada fuera asignada con el reconocimiento debido y propia responsabilidad definida, sin dejar de mencionar que también para esto en aquel momento se suscitaron problemas presupuestales. Pero ahora resulta que después de nombrar en muchos apartados del nuevo ordenamiento a la asesoría técnico-pedagógica les dan al final, como se dice comúnmente en el barrio: “atolito con el dedo”. El artículo 84 del borrador de la nueva “LGSMyM” desbarata y desecha a rajatabla el avance del planteamiento anterior para enviarlos al aula a los tres ciclos escolares después de cumplir su función lateral.

Habrá quien cuestione todavía ¿Es reforma laboral o pedagógica? Sin tapujos les digo con lo anteriormente expuesto sobre el devenir histórico de las funciones del personal docente, queridos lectores: es ambas. El artículo tercero constitucional no fue despojado del carácter laboral que se le imputó en la pasada reforma. Un ejemplo claro es que contemple un organismo sustituto del extinto INEE y otro, el segundo transitorio que faculta a la CNSPD para adecuar los procesos todo este tiempo a través de la estructura de asesores anterior, hoy habilitada como evaluadores del proceso de admisión. Cabe mencionar que ese segundo transitorio también dice que no hay retroactividad de los nuevos ordenamientos por lo que deberían de cuidar, incluso en borradores, que no existan controversias constitucionales desde arriba antes que baje a los congresos locales. Por tanto, esto continúa ligado al ámbito laboral y de allí es que, si somos un poco más observadores: seguirán siendo tres leyes secundarias; como en la reforma “de Peña”, que le dicen. Una para lo reglamentario educativo (LGE), otra para lo reglamentario laboral derivado del transformando proceso educativo (“LGSMyM”) y una más para quien llevará el control parcial y regulatorio de ambas (“LGSMCE”), una vez concluidas las funciones transitorias de la CNSPD.

Ahora bien, ¿Qué piden ante esto los asesores técnicos-pedagógicos que existen actualmente para que se considere en las modificaciones que se le hagan al documento de trabajo?

En resumidas cuentas y salvo la mejor opinión de los amables lectores de las bases magisteriales, sobre todo en la función descrita, platicando con ellos, algunos dicen:

-Que se permita continuar en la función por más de tres ciclos escolares con otorgamiento de categoría respectiva siempre en ascenso de acuerdo con el nivel y modalidad, previo proceso específico de promoción con la finalidad de lograr en el personal; especialización, capacitación y que la valiosa experiencia de la implementación de los cómo del modelo la nueva escuela mexicana sirva a futuras generaciones de docentes y de alumnos a través del apoyo a los colectivos docentes de cada escuela.

-La delimitación de las funciones técnico-pedagógicas específicas, separadas del ámbito administrativo.

Considero también importante mencionar que la función técnico-pedagógica es a mi parecer compensatoria de las carencias metodológicas en los diferentes niveles educativos. Suprimirla traerá como consecuencia el retroceso del sistema para enfrentar un ambiente parecido a los inicios de la centralización, cosa que a esto último ya no le va, pues será incongruente ante el avance tecnológico y social proyectado, tanto a nivel nacional como en el mundo.

A ver, permítanme tantito ¿Será por eso que empieza la federalización de los sistemas educativos estatales? ¿Acaso regresamos de nuevo a una función “policial” y “político-administrativa” de la supervisión escolar como a finales del siglo XIX?

Deben considerar que la función técnico-pedagógica como asesoría bien desempeñada y apoyada, sin tanto cambio de modelos, naturalmente dará origen a una autorregulación del proceso educativo con visión pedagógica en todos los ámbitos. Adentro de cada colectivo, en cada docente. ¿A poco no les conviene mejor eso? El proceso ya va algo avanzado, nada más unos cien añitos, como vimos. Si es por presupuesto, pues acuérdense que bien dice el dicho popular: “Lo barato sale caro”

Pues ya veremos, queridos lectores, al noveno mes del año dos mil diecinueve si la cuarta transformación en turno toma en cuenta la importancia de la posibilidad de la permanencia como reconocimiento a una actividad ya inherente al cómo se ha de aterrizar la nueva escuela mexicana y sus nuevos contenidos fundamentada en la definición correcta de la función técnico-pedagógica y sus ventajas dentro del sistema educativo mexicano para mejorar, o si nos deja todo convertido en tragedia épica griega, en manos de Yolao, con un Heracles sin la piel del león de nemea que lo proteja, sin la inspiración de Atenea, moribundo ya sin esperanzas, contra la hidra diabólica oriunda del infierno de la ignorancia.

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