Ley del Servicio Profesional Docente busca el control de plazas.

La ley del Servicio Profesional Docente fue frenada por presiones de la CNTE, pero según el consejo rector del pacto por México, ésta se aprobará en ...
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La ley del Servicio Profesional Docente fue frenada por presiones de la CNTE, pero según el consejo rector del pacto por México, ésta se aprobará en los primeros días del periodo ordinario del Congreso en septiembre.

De acuerdo con un análisis publicado en el Diario Reforma, la polémica Ley del Servicio Profesional Docente que presentó el ejecutivo federal y que aún se encuentra pendiente su debate y aprobación, pone en manos del Gobierno  la asignación de las plaza, los nombramientos y la permanencia de los docentes

Además, dicha ley  obliga a que los profesores sean sometidos a una evaluación periódica si no quieren ser despedidos.

Si no aprueban la evaluación tendrán tres oportunidades anuales; en la última, el maestro en servicio podrá ser separado de sus funciones; o despedido, sin derecho a liquidación, si entra al servicio después de publicada esta ley.

Sanciona con el despido, sin responsabilidad para la autoridad educativa, a quienes no se sometan a la evaluación que establezca el instituto responsable, o a quien no asista a su centro laboral por tres días consecutivos.

La iniciativa  establece un nuevo marco legal para el servicio docente, y le quita a los sindicatos la facultad de intervenir en la asignación de las plazas, al otorgar a las autoridades educativas federal y estatales el control de las plazas de nueva creación y vacantes.

De aprobarse tal como lo envió el titular del ejecutivo, los dirigentes magisteriales, que actualmente intervienen en la definición del ingreso, promoción y cambio de escuela de los maestros, y la asignación de directores, supervisores y Asesores Técnicos Pedagógicos, serán sólo observadores de los procesos.

La iniciativa, que fue dictaminada en comisiones de la Cámara de Diputados pero cuya aprobación en el pleno fue frenada por las protestas de la CNTE, elimina el “fuero” magisterial contenido en la actual Ley General de Educación, que los exenta de cualquier sanción.

“El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 69 de la presente ley, dará lugar a la terminación de los efectos del nombramiento correspondiente sin responsabilidad para la autoridad educativa”, señala el artículo 74 del dictamen.

El artículo 69 indica las obligaciones de docentes, directores y supervisores, entre las que destacan someterse a la evaluación, pasar por un periodo de inducción al ingresar al servicio, prestar sus servicios en la escuela asignada, y abstenerse de ocupar una plaza sin pasar por los procesos que establece la ley.

Cabe señalar que en 2008, la SEP y el SNTE pactaron en el marco de la Alianza por la Calidad de la Educación, el Concurso Nacional para la Asignación de Plazas Docentes; ambos definen los requisitos de ingreso, que incluye ser egresado de las escuelas normales y aprobar con al menos 30 por ciento de aciertos el Examen Nacional que aplica la SEP y elabora el Ceneval.

Sin embargo, la propuesta de nueva ley no especifica que los docentes deban de provenir de normales, por lo que deja abierta la posibilidad de que ocupen esas plazas personas que tengan otras carreras.

El dictamen señala que habrá tres tipos de nombramientos: temporal, por tiempo fijo y definitivo, cuando en la actualidad, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece que después de seis meses y un día el trabajador tendrá una nombramiento definitivo.

La ley que rige las relaciones laborales de los maestros señala que la autoridad debe fijar los requisitos para el ingreso, y el artículo 62 otorga al sindicato el control sobre 50 por ciento de las plazas, de nuevo ingreso y vacantes.