Ley del IPE benéfica para los trabajadores

La nueva Ley del Instituto de Pensiones del Estado otorga certeza jurídica a pensionados, jubilados y trabajadores en activo con derechos adquiridos. ...
Image

La nueva Ley del Instituto de Pensiones del Estado otorga certeza jurídica a pensionados, jubilados y trabajadores en activo con derechos adquiridos. Además, garantiza que el instituto pensionario tenga viabilidad financiera evitando el colapso económico al que se dirigía en el corto plazo.

Manuel Arellano Méndez, secretario general de la Sección 56 del SNTE, asegura que con la nueva ley los derechos de los pensionados y jubilados no se alteran en absoluto; es decir, que ninguno de ellos pagará el 12 por ciento de cuota por jubilación. El dirigente magisterial, afirma que en ningún momento durante la elaboración del dictamen de ley se puso sobre la mesa que los actuales jubilados y pensionados volvieran a cotizar.

Durante una entrevista concedida este sábado, Arellano Méndez refirió a comunicadores que los trabajadores en activo que ya tienen 30 años de servicio en el gobierno estatal o la edad que se requiere para jubilarse no serán afectados en el momento en que decidan retirarse. “Esos trabajadores ya tienen derechos, la ley no afectará uno solo de los derechos que han adquirido a lo largo de sus años de servicio. Eso está muy claro en la ley y, al igual que los jubilados y pensionados no tienen motivo para preocuparse”, dijo. Asimismo a los trabajadores en activo que aún les falta uno o dos años de servicio para jubilarse podrán retirarse con la ley vigente al momento de su contratación. Los 30 años de servicio y 65 años de edad para la jubilación que exige la nueva ley sólo se aplicará a las nuevas generaciones de trabajadores que empiecen a cotizar en el IPE; es decir, a partir de la entrada en vigor del referido ordenamiento legal por lo que no hay que tener temor alguno por una retroactividad, que además no sería legal.

A diferencia de la anterior ley, señaló, la nueva Ley del IPE favorece a los trabajadores en el sentido de que les otorga derechos a partir del tercer año de relación laboral. Antes, los derechos los adquirían al cumplir 15 años de servicio, ahora con la nueva ley los trabajadores al servicio del estado tienen la garantía de poder tener derecho a una pensión por muerte o invalidez a partir de los tres años de servicio y ya no hasta los 15 años.

Además, expresó Manuel Arellano Méndez, se pone orden en lo que se refiere a pensiones altísimas como las establecía la anterior ley. Con la nueva ley, dijo, se evitará que servidores públicos se jubilen con pensiones estratosféricas, ya que ahora las pensiones no rebasarán los 26 salarios mínimos. Comentó que anteriormente, de manera inmoral, pero legal, hubo funcionarios que se aumentaban los salarios de manera estratrosférica para poder disfrutar de pensiones también muy altas y que con la nueva normatividad ninguna pensión deberá pasar de los 26 salarios mínimos. En ese caso, si hay trabajadores que se jubilen con más de tres salarios mínimos, sólo pagarán 12 por ciento por cada salario mínimo que tengan a partir de los tres de base, siempre respetando los derechos de los trabajadores en activo que ya tienen 30 años de servicio en el gobierno estatal o la edad que se requiere para jubilarse o a los trabajadores en activo que aún les falta uno o dos años de servicio para jubilarse.

A partir de que entre en vigor la ley, los trabajadores al servicio del estado adquieren la figura de “trabajadores en transición” y sólo quienes ingresaron al servicio antes del 1 de enero de 1997 quedan exentos de esa figura y, según la nueva ley del IPE, tendrán derecho a una jubilación al tener 30 años de servicio y contar cuando menos con 53 años de edad.

Manuel Arellano Méndez, explicó que los “trabajadores en transición” que ingresaron al servicio antes del 26 de noviembre de 2007 también tienen derecho a una jubilación al cumplir 30 años de servicio y contar con 53 años de edad y que los “trabajadores en transición” que ingresaron al servicio con posterioridad al 26 de noviembre de 2007 y hasta la entrada en vigor de la presente ley, tendrán derecho a una pensión por jubilación al cumplir 30 años de servicio y 60 años de edad.

El secretario general de la Sección 56 del SNTE reiteró que se sabe de varios ex servidores públicos que aumentaron salarios de manera exponencial antes de jubilarse con la finalidad de poder tener una jubilación de acuerdo a la última quincena cotizada. “Es una acción inmoral, pero la ley lo permitía a diferencia de la nueva ley. La anterior ley del IPE permitía que con sólo cobrando la última quincena con salario elevado se podía obtener una pensión de acuerdo a ese salario. Hay casos de servidores públicos que aprovecharon esa disposición de la ley y se jubilaron con pensiones muy altas aunque su cotización fue mucho menor a lo largo de sus años de servicio”, dijo.

El dirigente magisterial sostuvo que incluso sindicatos estatales promovía recategorizaciones con la finalidad de beneficiar a trabajadores con pensiones muy altas y que por ello la Sección 56 del SNTE propuso terminar con esa práctica inmoral, carente de ética, pero legal porque la ley lo permitía. “Esa es la razón de la figura “salario regulador”, que promediará el salario de los últimos 10 años que haya tenido los trabajadores con la finalidad de obtener un salario medio y  sobre ello fijar la pensión. Este “salario regulador” se aplicará solamente a los trabajadores que durante sus últimos 10 años de servicio hayan percibido más de tres salarios mínimos”, dijo.

El dirigente magisterial reiteró que la cuota de 12 por ciento sobre la pensión mensual que perciban los trabajadores se hará sólo si ésta rebasa los tres salarios mínimos y que se pagará sobre el excedente y no sobre los tres salarios de base que se contemplan en la ley.

Manuel Arellano afirmó que la nueva Ley del IPE sí arroja beneficios a los trabajadores, que no se violentan los derechos laborales y que da viabilidad financiera al instituto garantizando las pensiones a corto, mediano y largo plazo.

“Además, se logra que haya un instituto con viabilidad financiera. Con la reforma recientemente aprobada, se evitó que se implementará el régimen de cuentas individuales que está probado que degrada el último salario al 40 por ciento, esa situación era inaceptable para nosotros”, señaló Manuel Arellano.

Aumento al impuesto predial

En tanto el alcalde de Xalapa, Américo Zúñiga, se esfuerza al afirmar que la actualización de los valores catastrales no significa incremento del impuesto predial (tal vez mero eufemismo para nombrar a una misma cosa), el diputado local y vocal de la Comisión de Hacienda Municipal, Jesús Alberto Velázquez Flores afirma que sí.

El legislador informó este lunes con todas sus letras que el próximo año, Xalapa incrementará el impuesto predial entre 1.5 y 3 por ciento, de acuerdo con la solicitud de actualización de padrón catastral que hiciera la capital del estado el viernes pasado. Junto con Xalapa, agregó, otros 33 ayuntamientos incrementarán también su impuesto predial en el mismo porcentaje.

El edil xalapeño afirma que de lo que se trata es de “poner piso parejo para todos”; es decir, que cada quien pague lo justo por el predio y la construcción que tenga. “El que se haya autorizado actualizar los valores unitarios catastrales no significa que se aumente el predial; es decir, lo que se aumenta es la posibilidad de hacer el cobro a quien así lo requiere, la actualización de los valores catastrales tiene que ver con una revisión que no se ha hecho desde el año 2002 con todos y cada uno de los predios que tienen que pagar su predial y que actualmente no están actualizados en el caso de que hayan construido”.

En tanto el legislador perredista afirma que a los que tienen su padrón catastral en orden, como es el caso de los 34 ayuntamientos entre los que se encuentra Xalapa, “se les premia con la actualización de sus valores catastrales y con eso se permite que se haga un incremento en el cobro del impuesto predial…”.

Hay que recordar que el viernes de la semana pasada, el pleno del Congreso del Estado autorizó a los ayuntamientos de Acula, Alto Lucero, Ángel R. Cabada, Apazapan, Atoyac, Benito Juárez, Boca del Río, Camerino Z. Mendoza, Cerro Azul, Coatzintla, Coatepec, Cosamaloapan, Chinampa, Chontla, Fortín, Huatusco, Hueyapan, Ixtaczoquitlán, Jáltipan, Juan Rodríguez Clara, Misantla, Naranjos, Amatlán, Nogales, Omealca, Ozuluama, Perote, Rafael Delgado, Tezonapa, Tihuatlán y Xalapa incrementar valores catastrales  unitarios de suelos y construcciones para el próximo año.

En 2015 habrá que tener a la mano la boleta de impuesto predial de este año para verificar si, efectivamente, como dice Américo Zúñiga Martínez, no se elevará un solo centavo el impuesto predial a quienes no han ampliado sus casas o construido en terrenos. Será cuando se advierta con certeza si el que miente ahora es el alcalde o el legislador. 

e-mail: desdelaesquina@hotmail.com