Fortalece SEP los Consejos de Participación Social.

Con la publicación del acuerdo 716  por el que se establecen los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de ...

Con la publicación del acuerdo 716  por el que se establecen los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación, la Secretaría de Educación Pública (SEP) busca fortalecer la integración de la sociedad  en las decisiones de las escuelas del País.

De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación, el propósito es establecer los lineamientos generales a que deberá sujetarse la constitución, organización y el funcionamiento de los siguientes Consejos:

a) El Consejo Nacional de Participación Social en la Educación;

b) Los Consejos Estatales de Participación Social en la Educación;

c) Los Consejos Municipales de Participación Social en la Educación, y

d) Los Consejos Escolares de Participación Social en la Educación.

Detalla que cada consejo elaborará un proyecto de participación social en la educación, en el que se fijarán las estrategias, acciones y metas acordes a las necesidades y competencias de cada uno de ellos.

Los Consejos Estatales harán del conocimiento del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación, su proyecto de participación social. De igual manera los Consejos Municipales harán lo conducente al Consejo Estatal, y los Consejos Escolares harán lo propio al municipal, estatal y nacional.

Precisa que los cargos que desempeñen los consejeros serán honoríficos, por lo que no recibirán retribución o emolumento alguno.

Respecto  a la integración del Consejo Nacional de Participación Social en la Educación será  integrado por:

I.     Un Consejero Presidente, electo en los términos de los presentes lineamientos, quien tendrá voto de calidad;

II.     Un representante de la Secretaría de Educación Pública;

III.    Cuatro titulares de las autoridades educativas locales, uno por cada una de las siguientes zonas geográficas:

Zona geográfica I: Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Chihuahua, Durango, Nayarit, Sinaloa y Sonora;

Zona geográfica II: Aguascalientes, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas;

Zona geográfica III: Distrito Federal, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Morelos, Puebla, Querétaro y Tlaxcala;

Zona geográfica IV: Campeche, Colima, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

IV.   Dieciséis representantes de los Consejos de Participación Social constituidos, cuatro por cada una de las zonas geográficas a anteriores;

V.    Dos representantes de asociaciones de padres de familia;

VI.   Tres representantes de organizaciones de la sociedad civil y del sector empresarial, vinculados con el tema educativo;

VII.   Dos investigadores en materia educativa o académicos reconocidos;

VIII.  Dos maestros distinguidos con experiencia frente a grupo, y

IX.   Dos representantes de la organización sindical de los maestros, quienes lo serán de los intereses laborales de los trabajadores.

El acuerdo se puede consultar AQUÍ.