Esto plantea la SEP para que funcionen las ‘Escuelas de Jornada Ampliada’ a través de ‘La Escuela es Nuestra’

El Programa “La Escuela es Nuestra” tendrá ajustes en su forma de operación, ya que la Secretaría de Educación Pública (SEP) incorporará nuevos ...
Image

El Programa “La Escuela es Nuestra” tendrá ajustes en su forma de operación, ya que la Secretaría de Educación Pública (SEP) incorporará nuevos lineamientos para que a través de dicho programa funcionen las Escuelas de Jornada Ampliada.

Y es que la dependencia educativa está por publicar los Lineamientos del programa “La Escuela es Nuestra”, los cuales, plantean entregar directamente recursos económicos presupuestales a las Comunidades Escolares, para construcción, mantenimiento, rehabilitación, equipamiento, adquisición de equipo y Material Didáctico, deportivo y artístico, y brindar Servicio de Alimentación, en los Planteles públicos de Educación Básica, a través de los Comités Escolares de Administración Participativa (CEAP), así como a personal directivo, docente y de apoyo para la Ampliación de la Jornada Escolar.

Según dichos lineamentos aún en revisión, el programa “La Escuela es Nuestra” tiene como objetivo mejorar las condiciones de Infraestructura y Equipamiento de los Planteles públicos de Educación Básica además de proporcionar y establecer escuelas con Servicio de Alimentación, a través de la asignación de subsidios de manera directa a los CEAP, así como establecer de forma gradual y progresiva escuelas de horario completo de Educación Básica, con jornadas entre 6 y 8 horas diarias mediante la asignación de subsidios al Personal Educativo y promover un mejor aprovechamiento del tiempo disponible, mejorar el desempeño académico, desarrollo integral y fortalecer la seguridad alimentaria del alumnado.

Precisa que se busca, entre otras cosas, fomentar la participación de los padres, madres de familia y tutores en la formación de sus hijos, interviniendo en el mejoramiento de los espacios educativos y el otorgamiento del Servicio de Alimentación, que impactan la calidad de la enseñanza.

En ese sentido y para la asignación de los subsidios económicos del Programa, la SEP plantea otorgarlos directamente a los beneficiarios de acuerdo con los siguientes Componentes:

-Componente 1. Infraestructura y Equipamiento, recursos directos a las Comunidades Escolares a través del CEAP, para el mantenimiento, rehabilitación, equipamiento de planteles, así como acciones de construcción y adquisición de equipo y material didáctico, deportivo y artístico.

-Componente 2. Ampliación de la Jornada Escolar, apoyos económicos directos y sin intermediarios y preferentemente a través de cuentas del Banco del Bienestar al Personal Educativo de las escuelas participantes, a fin de extender la Jornada Escolar entre seis y ocho horas diarias, así como llevar a cabo actividades para promover un mejor aprovechamiento del tiempo disponible, generar un mayor desempeño académico, el desarrollo integral de los educandos, y la implementación de Líneas de Trabajo Educativas de apoyo al proceso de enseñanza aprendizaje.

-Componente 3. Servicio de Alimentación, recursos directos a las Comunidades Escolares a través del CEAP, para fortalecer la seguridad alimentaria del Alumnado.

Para seleccionar las Escuelas beneficiadas con el Componente 1, la Secretaría del Bienestar llevará a cabo dicho procedimiento tomando en cuenta aquellas Comunidades Escolares que carecen de agua potable, con la finalidad de mejorar las condiciones de higiene y saneamiento de los espacios educativos.

Una vez seleccionadas las escuelas, cada CEAP recibirá los recursos en función de la matrícula total del Plantel con una periodicidad anual de acuerdo con el siguiente cuadro de distribución:

Respecto al Componente 2, los lineamientos precisan que la Subsecretaría de Educación Básica llevará a cabo la selección de los Planteles a ser beneficiados, considerando las de un solo turno, en todos sus niveles y servicios educativos, que cumplan preferentemente con al menos uno de los siguientes criterios:

-Sean escuelas de educación indígena y/o multigrado;

-Ofrezcan educación primaria o telesecundaria;

-Atiendan a población en situación de vulnerabilidad o en contextos de riesgo social, y

-Presenten bajos niveles de logro educativo o altos índices de deserción escolar.

Una vez hecha la selección de las escuelas a ser beneficiadas por el Componente 2, la Subsecretaría de Educación Básica informará a BIENESTAR y a las Autoridades Educativas Locales (AEL) para los efectos correspondientes en términos de los Lineamientos y la adenda al convenio.

Respecto al estímulo económico que recibirán los docentes que participen en la Ampliación de la Jornada Escolar, lo lineamientos plantean que será asignarán de manera de manera directa y sin intermediarios, preferentemente a través de cuentas del Banco de Bienestar. La extensión de horas diarias y montos económicos serán de acuerdo con el siguiente cuadro de distribución:

La asignación de recursos del Componente 2 será con una periodicidad mensual, en el periodo de enero a diciembre, sin considerar periodos vacacionales establecidos en los respectivos calendarios escolares.

Advierte que el apoyo económico que se entrega al Personal Educativo beneficiario del Componente 2, es un subsidio de conformidad con el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que no dará lugar a relación laboral o contractual alguna y se otorgará únicamente durante el tiempo efectivo que se desempeñe la función.

El apoyo económico procederá únicamente en las escuelas participantes en el Componente 2 y no se otorgará cuando el personal realice un cambio de adscripción, salvo que la nueva Escuela también esté incorporada a este Componente.

Cuando el Personal Educativo deje de desempeñar la función, ya sea en forma transitoria o definitiva en una Escuela, se suspenderá el apoyo económico y se asignará al personal que desempeñe la función a partir de la fecha de inicio de ésta.

Un aspecto a considerar, es que en el componente 2 se contempla el pago mensual a una figura denominada ‘Asesores Externos Especializados’, quienes según los lineamientos,  realizarán exclusivamente actividades en enseñanza musical y/o conformación de grupos orquestales y corales en determinadas escuelas.

Dichos Asesores Externos Especializados recibirán apoyos en función sus actividades y de acuerdo con el siguiente cuadro de distribución:

Sobre la alimentación a los alumnos en las escuelas con jornada ampliada considerado en el Componente 3, los lineamientos precisan que a cada escuela seleccionada se le asignarán recursos para el Servicio de Alimentación a través del CEAP a razón de un costo diario de los alimentos de $10.00 (diez pesos 00/100 m.n.) por alumno.

Puntualiza que para la asignación de recursos, no se considerarán días inhábiles y periodos vacacionales establecidos en los respectivos calendarios escolares, así como suspensiones decretadas por la SEP o la AEL.

Cabe señalar que los lineamientos del programa “La Escuela es Nuestra” serán oficiales hasta que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.